Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
18-10-2017

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171018-173

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

173
Madrid número 41. Procedimiento 70 de 2017, notificación a Easy Emprendedor, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 70/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. VERONICA NAVARRO BURLLI frente a FONDO DE GARANTIA SALARIAL (FOGASA) y EASY EMPRENDEDOR SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

F A L L O

Que estimando en parte como estimo la demanda formulada por Doña Verónica Navarro Burlli contra la empresa Easy Emprendedor, S.L., debo condenar y condeno a ésta a abonar a aquél la cantidad de 986,66 euros con el recargo del artículo 29.3 LET.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a EASY EMPRENDEDOR SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintidós de septiembre de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/31.377/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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