Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
18-10-2017

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171018-73

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

73
Valdemoro. Organización y funcionamiento. Avocación competencias

Se publican en extracto para general conocimiento las siguientes resoluciones de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Valdemoro:

A) Decreto 3150/2017, de 26 de septiembre

Primero.—Avocar las competencias delegadas mediante decreto 2429/2017, a la concejala-delegada de Urbanismo, Obras y Servicios y Vivienda la señora doña Cinthia Mateos Castellanos.

Segundo.—Delegar las competencias de Urbanismo, Obras y Servicios y Vivienda, en el señor don Fernando González de la Calle, concejal-delegado de Comercio, Industria, Trabajo e Innovación Tecnológica, del 13 al 15 de octubre y del 17 al 19 de noviembre de 2017, ambos inclusive.

B) Decreto 3204/2017, de 28 de septiembre

Primero.—Aprobar la modificación del segundo punto del decreto 3150/2017, de 26 de septiembre, quedando de la siguiente manera:

“Segundo.—Delegar las competencias de Urbanismo, Obras y Servicios y Vivienda, en el señor don Raúl González Orgáz, concejal-delegado de Cultura, Juventud y Patrimonio Histórico, del 13 al 15 de octubre y del 17 al 20 de noviembre de 2017, ambos inclusive”.

C) Decreto 3203/2017, de 28 de septiembre

Primero.—Avocar las competencias delegadas mediante decreto 2429/2017, a la concejala-delegada de Educación y Deportes la señora doña Nuria Triguero Palomares.

Segundo.—Delegar las competencias de Educación y Deportes, en la señora doña Patricia Carrasco Ramírez, concejala-delegada de Movilidad, Tráfico y Transportes del 13 al 16 de octubre de 2017, ambos inclusive.

En Valdemoro, a 29 de septiembre de 2017.—El alcalde, Serafín Faraldos Moreno.

(03/32.646/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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