Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
18-10-2017

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171018-9

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN

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ENCOMIENDA de gestión de 6 de octubre de 2017, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación e Investigación a la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda en materia de personal, contratación y demás expedientes de gasto.

En Madrid, a 6 de octubre de 2017.

De una parte, don Alfonso González Hermoso de Mendoza, Secretario General Técnico de la Consejería de Educación e Investigación.

Y de otra parte, don Antonio Carrasco Reija, Secretario General Técnico de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda,

EXPONEN

Mediante Decreto 80/2017, de 25 de septiembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, se crea la Consejería de Educación e Investigación y la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes y se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid. De acuerdo con lo establecido en el artículo 4.6 de dicho Decreto, corresponde a la Consejería de Educación e Investigación las competencias que hasta entonces ostentaba la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda en materia de innovación y de fomento de la investigación científica y la innovación tecnológica.

Por razones de eficacia y con el fin de garantizar la continuidad de la gestión administrativa, al amparo de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se ha acordado encomendar temporalmente a la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda la gestión de determinadas tareas que han pasado a ser del ámbito competencial de la Secretaria General Técnica de la Consejería de Educación e Investigación.

Como consecuencia de lo anterior, ambas partes, en nombre de las instituciones que representan y al amparo de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,

DISPONEN

Primero

Objeto

La Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación e Investigación encomienda a la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda el conjunto de tareas, imputadas al programa presupuestaria 463A, que a continuación se relacionan, en lo referente a las materias de innovación y de fomento de la investigación científica y la innovación tecnológica:

1. La gestión de los expedientes de contratación, incluidas las prórrogas, que sean competencia de la Consejería de Educación e Investigación. Esta encomienda incluye, igualmente, la gestión de la ejecución de contratos suscritos por la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.

Las gestiones que se señalan en este apartado serán realizadas por la Secretaría General Técnica y la Dirección General de Economía y Política Financiera, en relación con las competencias que respectivamente les corresponden de acuerdo con el Decreto 193/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.

2. La gestión de los expedientes de personal, y de ingresos y gastos y demás actuaciones correspondientes al ámbito de control y seguimiento de la ejecución presupuestaria, así como la coordinación de la elaboración del presupuesto del ejercicio 2018.

3. Por último, la Secretaria General Técnica de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda continuará realizando al amparo de esta encomienda la gestión de las funciones, expedientes que en relación a las materias de innovación y de fomento de la investigación científica y la innovación tecnológica viniera desempeñando hasta la entrada en vigor del Decreto 80/2017, de 25 de septiembre.

Segundo

Plazo

Esta encomienda de gestión producirá efectos entre el día 26 de septiembre de 2017, fecha en la que entró en vigor el Decreto 80/2017, de 25 de septiembre, del Consejo de Gobierno, y finalizará, como máximo, el 31 de diciembre de 2017.

Tercero

Competencia

La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Los actos y resoluciones que den soporte o en los que se integren las actividades materiales, técnicas y de servicios objeto de esta encomienda se adoptarán por los órganos administrativos competentes de la Consejería de Educación e Investigación de acuerdo con la normativa vigente en la materia en los términos establecidos en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Madrid, a 6 de octubre de 2017.—El Secretario General Técnico de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, Antonio Carrasco Reija.—El Secretario General Técnico de la Consejería de Educación e Investigación, Alfonso González Hermoso de Mendoza.

(03/33.456/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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