Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 249

Fecha del Boletín 
19-10-2017

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171019-14

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA

14
EXTRACTO de la Orden de 13 de octubre de 2017, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se convocan subvenciones en el año 2017 para la realización del Programa de Reactivación e Inserción Laboral para personas desempleadas de larga duración con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo.

BDNS (identif.): 366529

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden por la que se convocan subvenciones en el año 2017 para la realización del Programa de Reactivación e Inserción Laboral para personas desempleadas de larga duración con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web www.madrid.org

Primero

Beneficiarios

Las Entidades Locales de la Comunidad de Madrid y sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas Entidades Locales.

Segundo

Objeto

Convocar para el año 2017 subvenciones para la realización del Programa de Reactivación e Inserción Laboral para personas desempleadas de larga duración con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo. Las subvenciones se destinarán a financiar los gastos salariales de los tutores de inserción y de las personas desempleadas participantes, así como los costes de formación derivados de las acciones de formación en alternancia con la actividad laboral de las personas desempleadas participantes.

Tercero

Bases reguladoras

Orden de 30 de agosto de 2017 de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del Programa de Reactivación e Inserción Laboral para personas desempleadas de larga duración con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 218, de 13 de septiembre de 2017.

Cuarto

Cuantía

1. El importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de esta convocatoria durante el año 2017 asciende a 12.000.000 de euros.

2. El cálculo de la subvención se realizará según los siguientes importes:

a) Para los costes salariales y de cotización a la Seguridad Social derivados del contrato de trabajo suscrito con cada tutor de inserción que haya sido contratado por la Entidad Local específicamente para la tutoría, coordinación y gestión del proyecto, con independencia del salario que corresponda al trabajador según la normativa laboral que le resulte de aplicación, hasta un máximo de:

— Tres veces el salario mínimo interprofesional por mes/desempleado participante.

b) Para los costes salariales y de seguridad social derivados del contrato de trabajo suscrito con las personas desempleadas participantes, con independencia del salario que corresponda al trabajador según la normativa laboral que le resulte de aplicación, hasta un máximo:

— Dos veces el salario mínimo interprofesional, para las ocupaciones de los grupos de cotización a la Seguridad Social 1 a 2, ambos inclusive/mes/desempleado participante.

— Una vez y media el salario mínimo interprofesional, para las ocupaciones del grupo de cotización a la Seguridad Social 3 a 9/mes/desempleado participante.

c) La subvención se calculará en función del salario mínimo interprofesional vigente en la anualidad en la que se formule la solicitud de la subvención, por la cuantía mensual y sin parte proporcional de paga extra.

d) La contratación deberá formalizarse para un centro de trabajo de la entidad solicitante situado en la Comunidad de Madrid.

e) Para los costes de la impartición de la formación profesional para el empleo: 8 euros/hora de formación presencial/desempleado participante.

3. El período subvencionable será el correspondiente a los doce primeros meses de duración de los contratos de trabajo de los desempleados participantes en el programa, y los quince primeros meses de duración de los contratos de trabajo de los tutores de inserción.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Veinte días hábiles posteriores al día de publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 10 de octubre de 2017.

La Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, ENGRACIA HIDALGO TENA

(03/34.053/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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