Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 252

Fecha del Boletín 
23-10-2017

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171023-42

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

URBANISMO

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Alcobendas. Urbanismo. Modificación estatutos entidad

La Junta de Gobierno Local, en su sesión ordinaria celebrada el 19 de septiembre de 2017, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Esta Junta de Gobierno Local acordó, en su sesión de fecha 7 de febrero de 2017, aprobar inicialmente la propuesta de modificación de estatutaria aprobada por la asamblea general de la Entidad de Conservación de “El Encinar”, con los condicionantes que se señalaban en la propuesta, así como someter el expediente a información pública por plazo de veinte días, mediante anuncio a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con notificación a los titulares de derechos en el ámbito y publicación de edictos sustitutorios de la notificación. El alcance material de dicha modificación es doble:

a) Una revisión del objeto de la propia entidad, abriendo la vía y estableciendo el procedimiento para la transferencia gradual de sus servicios al Ayuntamiento (artículo 2 de los Estatutos), y

b) Modificación de los requisitos para la convocatoria de los órganos, eliminando la necesidad del correo certificado (artículo 27.3).

Sometido el expediente a información pública con notificación a los propietarios del sector, no se ha formulado alegación alguna durante ese período, por lo que procede continuar su tramitación por el cauce legalmente establecido. Así, el 31 de agosto de 2007, ha tenido entrada en este Ayuntamiento el texto de los Estatutos para su aprobación definitiva, que corrige el documento anterior en los 2 puntos exigidos en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de 7 de febrero de 2017.

Por lo anterior, visto el texto de los Estatutos modificados en los términos señalados en el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 7 de febrero de 2017 y aportados el 31 de agosto de 2017 para su aprobación definitiva, este órgano colegiado, en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local, acuerda:

1. Aprobar definitivamente la modificación de los Estatutos de la Entidad de Conservación de “El Encinar”, que se adjuntan a este acuerdo y cuyo alcance material es doble:

a) Una revisión del objeto de la propia Entidad, abriendo la vía y estableciendo el procedimiento para la transferencia gradual de sus servicios al Ayuntamiento (artículo 2 de los Estatutos), y

b) Modificación de los requisitos para la convocatoria de los órganos, eliminando la necesidad del correo certificado (artículo 27.3).

2. Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con notificación a la Entidad de Conservación del Sector y a los propietarios del ámbito y con traslado, igualmente, de esta resolución a la citada Área de Servicios Públicos.

Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el acuerdo transcrito, significando que contra ese acuerdo podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y ante el mismo órgano administrativo autor de la resolución, o bien, para el supuesto de no interposición del recurso anterior, podrá acudirse directamente a la jurisdicción contencioso-administrativa mediante recurso a interponer en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, a contar desde el día siguiente a la publicación de este acto en el boletín oficial indicado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Alcobendas, a 22 de septiembre de 2017.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(02/33.148/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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