Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254

Fecha del Boletín 
25-10-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171025-112

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

112
Madrid número 24. Ejecución 160 de 2017, notificación a Bodegas La Zamorana, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 160/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. DOMINGO SOLERA VILLENA frente a BODEGAS LA ZAMORANA SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución :

AUTO

PARTE DISPOSITIVA

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Dispongo: Declarar extinguida la relación laboral que en su día hubo entre el trabajador D. DOMINGO SOLERA VILLENA, y la empresa BODEGAS LA ZAMORANA, S. L. y condenar como condeno a esta último a abonar en definitiva a aquélla la suma de treinta mil ochocientos ochenta y dos euros con cuarenta y tres céntimos, como indemnización; y la de dieciséis mil seiscientos treinta y tres euros con cuarenta céntimos, como salarios de tramitación.

Notifíquese este auto a las partes del procedimiento.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a BODEGAS LA ZAMORANA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diez de octubre de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/33.542/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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