Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254

Fecha del Boletín 
25-10-2017

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171025-51

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

51
Madrid. Sala de lo Social. Sección Tercera. Procedimiento 167 de 2017, notificación a Criotic, S. L.

SALA DE LO SOCIAL

Sección Tercera

EDICTO

D. Luis Fariñas Matoni, Letrado de la Administración de Justicia de la Sala de lo Social, Sección Tercera, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Hago saber que en esta Sala se sigue el Recurso de Suplicación 167/2017, formalizado por el Letrado D. RAFAEL NAVARRETE PANIAGUA, en nombre y representación de Dña. MARIA LUISA LOPESINO ESCRIBANO, contra la sentencia de fecha 10/10/2016 dictada por el Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid en sus autos número Despidos / Ceses en general 608/2016, seguidos a instancia de Dña. MARIA LUISA LOPESINO ESCRIBANO frente a CRIOTIC SL, en el que se ha dictado Sentencia de fecha 26/09/2017 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

«Que estimando el recurso de suplicación interpuesto por el Letrado D. RAFAEL NAVARRETE PANIAGUA, en nombre y representación de Dña. MARIA LUISA LOPESINO ESCRIBANO, contra la sentencia de fecha 10/10/2016 dictada por el Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid en sus autos número Despidos / Ceses en general 608/2016, modificamos el Fallo de la sentencia en el único sentido de adicionar “condenando a la empresa demandada asimismo al pago de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido a la fecha de la sentencia a razón de 53,02 € diarios”, manteniendo los demás pronunciamientos. Sin costas.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para la unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta Sala de lo Social dentro del improrrogable plazo de DIEZ DÍAS hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de esta sentencia.»

Y para que sirva de notificación a CRIOTIC SL actualmente en domicilio desconocido o ignorado paradero, expido y firmo la presente en Madrid, a cuatro de octubre de 2017.

El Letrado de la Administración de Justicia

(03/32.681/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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