Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 255

Fecha del Boletín 
26-10-2017

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171026-47

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Majadahonda. Régimen económico. Ordenanzas fiscales

El Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgente del Pleno de la Corporación Municipal, celebrada el 23 de octubre de 2017, aprobó con carácter provisional los siguientes expedientes:

— Aprobación provisional de la modificación de las ordenanzas fiscales en materia de impuestos:

• Ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección, se añade un nuevo título con el número V denominado tecnologías informáticas y telemáticas y se establece una nueva redacción de los artículos 68 y 70.

• Ordenanza fiscal número 2 correspondiente al impuesto sobre bienes inmuebles, artículos 6.1, 7.2 y 4, apartado a.iii.

• Ordenanza fiscal número 3 correspondiente al impuesto de vehículos de tracción mecánica, artículo 2.1, artículo 4.2 y 3, artículo 5.1, apartados A), F) y 7.4.

• Ordenanza fiscal número 4 correspondiente al impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, artículo 6 en sus puntos 1, 2 y 3.

• Ordenanza fiscal número 5 correspondiente al impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, artículo 4, epígrafe a).

• Ordenanza fiscal número 6 correspondiente al impuesto de actividades económicas, artículo 9, apartado 2 y se añade un apartado 3.

— Aprobación provisional de la modificación de las ordenanzas fiscales en materia de tasas:

• Ordenanza fiscal número 11, tasa por prestación de servicios urbanísticos, artículo 22, epígrafe Q, tramitación de expedientes de licencias de publicidad en terrenos privados.

• Ordenanza fiscal número 15, tasa por expedición de documentos artículo 5 punto J, derechos de examen ordenanza fiscal número 16 tasa por utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local, artículo 4 epígrafe H, celebración de bodas civiles.

• Ordenanza fiscal número 17 tasa por prestación de diversos servicios administrativos de competencia local, artículo 5 punto 3 epígrafe A, servicio de vigilancia y control de animales domésticos.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, ambos expedientes se encuentran expuestos al público en el Servicio de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento para que los interesados legítimos puedan examinarlo y presentar las reclamaciones y sugerencias que crean oportunas, durante el plazo de treinta días contados a partir de la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Las reclamaciones habrán de presentarse en el Registro general del Ayuntamiento, dirigidas al alcalde-presidente, en horario de lunes a viernes, de nueve a diecinueve y los sábados de nueve a trece.

Majadahonda, a 23 de octubre de 2017.—El alcalde-presidente, Narciso de Foxá Alfaro.

(03/35.137/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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