Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
30-10-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171030-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 34

113
Madrid número 34. Procedimiento 1.402 de 2015, notificación a Topcosta Creativa, S. L.

EDICTO

Doña Isabel Lozano Bruna, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 34 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de juicio verbal (250.2) número 1.402 de 2015, instados por la procuradora doña Purificación Bayo Herranz, en nombre y representación de comunidad de propietarios calle Alcalá, número 230, contra “Topcosta Creativa, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 26 de julio de 2017 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda promovida por comunidad de propietarios calle Alcalá, número 230, de Madrid, contra “Topcosta Recreativa, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a los demandados al pago de la suma de 2.427,34 euros, más los intereses legales desde la fecha de la interpelación judicial y las costas del proceso.

Notifíquese la presente resolución.

Contra esta sentencia no cabe recurso alguno.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Topcosta Creativa, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 26 de julio de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/29.139/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171030-113