Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
30-10-2017

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171030-92

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

92
San Fernando de Henares. Régimen económico. Ordenanza exacción tasa servicio escuelas infantiles

Doña Macarena Medel Llorente, concejala-delegada de Hacienda del Ayuntamiento de San Fernando de Henares (Madrid).

Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2017, adoptó, entre otros, acuerdo de aprobación provisional de las modificaciones a las siguientes ordenanzas fiscales para el ejercicio 2018, con dictamen desfavorable emitido por la Comisión Informativa Especial de Cuentas:

— Aprobación provisional de la propuesta de modificación de la ordenanza número 10. Ordenanza fiscal para la exacción de la tasa por la prestación del servicio de las escuelas infantiles municipales.

— Se modifica en el artículo 1: “curso escolar 2016/2017” por “curso escolar 2017/2018”.

— Se modifica en el artículo 3.1 la cuantía del horario ampliado, por cada media hora o fracción siendo esta de 11,40 euros mes.

— Se modifica en el artículo 3.2: “ejercicio 2014” por “ejercicio 2015”, y las cuantías, siendo estas: 60,80 euros, 98,80 euros, 136,80 euros y 197,60 euros mes.

— Se modifica en el artículo 3.2, después del cuadro de cuantías,” nacidos en 2016” por “nacidos en 2017”, y en ese mismo párrafo la cuantía pasa a ser de 45,60 euros.

— Se modifica en el artículo 4.1 al final: “matriculados en el curso 2015-2016 y que continúen, durante el curso 2016-2017” por “matriculados en el curso 2016-2017 y que continúen, durante el curso 2017-2018”.

— Se modifica en el artículo 4.9: “año 2016” por “año 2017”

— Se modifica en el artículo 4.11: “curso 2016/2017” por “curso 2017/2018”.

Dicho acuerdo, junto con la redacción de las ordenanzas afectadas, permanecerá expuesto al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el plazo de treinta días desde el día siguiente de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

En el supuesto de no presentarse reclamación alguna, se considerarán definitivamente aprobadas, a tenor de lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

San Fernando de Henares, 26 de octubre de 2017.—La concejala-delegada de Hacienda, doña Macarena Medel Llorente.

(03/35.568/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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