Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 259

Fecha del Boletín 
31-10-2017

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171031-157

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

157
Madrid número 32. Ejecución 12 de 2015, notificación a Esteruelas, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LUISA ÁLVAREZ CASTILLO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 12/2015 F de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. RARES MARINEL MIRON frente a ESTERUELAS SL sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se ha dictado la siguiente resolución :

DECRETO

En Madrid, a veintisiete de marzo de dos mil diecisiete.

PARTE DISPOSITIVA

SE ALZA EL EMBARGO acordado en la presente ejecución respecto del VEHICULO NISSAN MATRICULA 0360CPN, Nº BASTIDOR JN1CPUD22U0084186., cancelándose las medidas de garantía adoptadas.

A tal efecto:

Comuníquese a la Jefatura de Tráfico y dése orden al depositario para la entrega del vehículo a su propietario. Líbrese mandamiento al Registrador de Bienes Muebles de MADRID para que proceda a la cancelación de la anotación preventiva de embargo del vehículo.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. JOSE FRANCISCO RAMOS ALONSO

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ESTERUELAS SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a ocho de septiembre de dos mil diecisiete .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/33.329/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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