Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 259

Fecha del Boletín 
31-10-2017

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171031-31

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

31
Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Proyecto delimitación

Área de Desarrollo Urbano Sostenible

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en la sesión celebrada el día 7 de septiembre de 2017, y en el expediente administrativo con número de referencia 711/2016/13878 ha adoptado el siguiente acuerdo:

“Primero.—Aprobar definitivamente, conforme a lo dispuesto en el artículo 100.2 de la Ley de 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el proyecto de delimitación de la Unidad de Ejecución para los terrenos de suelo urbano común (Área de Reparto AUC 16.01) comprendidos entre las calles Trinquete, Velacho Bajo, Velacho Alto y carretera de la Estación de Hortaleza, del Distrito de Hortaleza, en los términos que establece el informe de la Subdirección General de Gestión Urbanística de 28 de julio de 2017.

Segundo.—Estimar las alegaciones formuladas por el Instituto de la Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa dentro del período de información pública.

Tercero.—Establecer como sistema de actuación el sistema de ejecución pública del planeamiento mediante cooperación, de acuerdo con el artículo 101.3.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Cuarto.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID según se establece en el artículo 100.3 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 38 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978 de 25 de agosto”.

Este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado según lo dispuesto en los artículos 123.1 y 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos desde el día siguiente a la publicación del presente acuerdo, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir

Madrid, a 20 de septiembre de 2017.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, María Pilar Aguilar Almansa.

(02/31.769/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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