Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
08-11-2017

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171108-30

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria de subvenciones proyectos fomento del asociacionismo que desarrollan actividades sociales en Cañada Real. 2017.

BDNS (identif.): 369276

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios.—Federaciones, confederaciones, uniones de asociaciones y asociaciones de base inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras General de Subvenciones.

Segundo. Objeto.—Financiar proyectos de fomento del asociacionismo que desarrollen actividades sociales en la Cañada Real Galiana, para el año 2017, promoviendo el tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid.

Tercero. Bases reguladoras.—Decreto de 24 de octubre de 2017, del delegado del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la financiación de proyectos de fomento del asociacionismo que desarrollen actividades sociales en el territorio de la Cañada Real Galiana en el año 2017.

Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria se cifra en 50.000 euros.

Para el caso de que el crédito fuera suficiente para atender todas las solicitudes que reúnan los requisitos establecidos no será necesario establecer una prelación entre las solicitudes presentadas, realizándose la distribución de este según las cuantías solicitadas y con un límite máximo de 7.100 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Los modelos de solicitud de subvención y Anexo podrán descargarse desde la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es

Sexto. Otros datos.—El procedimiento de concesión de subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitiva.

El órgano instructor para la presente convocatoria es la Dirección General de Relaciones con los Distritos y Cooperación Público-Social.

La propuesta de resolución provisional se publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es), así como en la página web www.madridparticipa.es para que, en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación en la sede electrónica, las entidades formulen las alegaciones que estimen oportunas.

Madrid, a 26 de octubre de 2017.—El delegado del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social, Ignacio Murgui Parra.

(03/36.807/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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