Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
15-11-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171115-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

109
Madrid número 6. Ejecución 117 de 2017, notificación a Axon Piqueras, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. EVA SAN PABLO MORENO, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 6 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 117/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. TRANSITO MARLENE TIPAN RAMIREZ frente a AXON PIQUERAS, SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado en fecha 23.102017 una resolución con la siguiente parte dispositiva:

“A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 5.084,00 euros de principal, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado AXON PIQUERAS, SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de que pueda iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.

Una vez firme esta resolución hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS) y archívense las presentes actuaciones.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2504-0000-64-0117-17.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a AXON PIQUERAS, SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintitrés de octubre de dos mil diecisiete

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/35.108/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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