Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
15-11-2017

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171115-28

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

URBANISMO

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Alcalá de Henares. Urbanismo. Disolución Junta Compensación

La Junta de Gobierno Local de esta ciudad, en sesión celebrada el 6 de octubre de 2017, adoptó acuerdo en relación a la aprobación definitiva de disolución de la Junta de Compensación del Sector 30-D del Plan General de Ordenación Urbana, que dice lo que sigue:

1. La aprobación definitiva de la disolución de la Junta de Compensación del Sector 30-D del Plan General de Ordenación Urbana.

2. Una vez acordada esta, proceder a su liquidación en los términos que constan en el artículo 48 de los Estatutos de la propia Junta de Compensación.

3. El presente acuerdo será publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de amplia difusión, dándose cuenta al Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradora de la Comunidad de Madrid.

Frente al presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid que corresponda, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación del presente acuerdo.

En el supuesto de que interponga el recurso potestativo de reposición, este se entenderá desestimado de no ser resuelto expresamente por este Ayuntamiento en el plazo de un mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa ante el Juzgado antes citado por el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente al de terminación del plazo para resolver expresamente. Si dicho recurso potestativo de reposición fuera expresamente resuelto por este Ayuntamiento, el plazo para interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses, contados a partir del día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición.

Todo ello según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de que usted considere ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime pertinente.

Alcalá de Henares, a 18 de octubre de 2017.—La TAG, jefe de Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística, por delegación del Secretario de TOA a la Junta de Gobierno Local de 12 de septiembre de 2012, Julia María Sánchez.

(02/35.481/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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