Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
15-11-2017

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171115-38

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COSLADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Coslada. Organización y funcionamiento. Delegación competencias

Por decreto de la Alcaldía-Presidencia número 2017/3247, de 1 de septiembre, se ha resuelto adaptar las delegaciones en los concejales a la nueva organización municipal y refundir en un único decreto las delegaciones con el siguiente contenido:

Primero.—Delegar competencias a favor de los/as concejales/as en los términos que se expresan a continuación:

1. Se delegan en Dña. Macarena Orosa Hidalgo, las siguientes atribuciones en materia de Economía, Hacienda, Personal y Juventud e Infancia:

— Respecto al Área de Economía y Hacienda:

• Dirigir y gestionar los servicios de Hacienda y Recaudación Municipal, sin perjuicio de las competencias reservadas a Intervención y Tesorería.

• Coordinar el servicio de contratación, en el marco de la Coordinación de los Servicios de Gabinete de Alcaldía.

• Elaborar, formar y presentar los presupuestos anuales de la Corporación, incluyendo las modificaciones del mismo, en coordinación con Alcaldía Presidencia y su Dirección de Gabinete de Coordinación de los Servicios.

• Rendir las cuentas municipales.

• Fiscalizar la oportunidad de todo tipo de gastos propuestos por los concejales, en coordinación con Alcaldía Presidencia y su Dirección de Gabinete de Coordinación de los Servicios, sin perjuicio de las competencias reservadas de la Intervención Municipal.

• Proponer, para su aprobación en el Pleno, las ordenanzas fiscales.

• Aprobar las liquidaciones de ingresos y las anulaciones del ejercicio corriente y cerrados.

• Aprobar los derechos de descargo de ingresos.

• Proponer el gasto dentro de su servicio.

• Reconocer y liquidar las obligaciones derivadas de los compromisos de gastos, legalmente adquiridos.

• Ordenar los pagos y firmar los correspondientes talones bancarios y órdenes de transferencias.

• Autorizar la cancelación de fianzas.

• Compensar deudas y aprobar fallidos.

• Conceder fraccionamientos y aplazamientos de ingresos tributarios.

• Aprobar las devoluciones de ingresos indebidos.

• Autorizar, disponer y reconocer las obligaciones relativas a órdenes de pagos a justificar.

• Dar el visto bueno a las certificaciones y escritos de contenido económico.

• Autorizar y disponer todos los gastos ordinarios y de funcionamiento de los servicios, por un importe inferior a 18.000 euros, excluido el IVA.

• Autorizar y disponer los gastos relativos a la carga financiera de la entidad local.

• Autorizar y disponer los gastos relativos a los suministros energéticos.

• Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

• Representar al Ayuntamiento dentro de sus servicios, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

— Respecto al Área de Personal:

• Dirigir, organizar y gestionar los servicios de personal, salvo la jefatura superior de personal, competencia indelegable del Alcalde-Presidente.

• Dirigir el Programa de Formación del Personal Municipal.

• Convocar, aprobar y resolver las convocatorias de selección y provisión de personal.

• Autorizar el acceso a los archivos municipales.

• Impulsar políticas de calidad de los servicios, en coordinación con la Alcaldía Presidencia.

• Dictar actos que afecten a terceros en materia de personal:

• Aprobación de nóminas.

• Nombramiento de los miembros de los tribunales de selección de personal y resolver los recursos de alzada interpuestos contra los actos administrativos dictados por estos tribunales.

• Nombrar al personal funcionario de carrera y al personal laboral fijo, a propuesta del tribunal de selección.

• Nombrar y cesar al personal interino y temporal.

• Resolver las situaciones administrativas de funcionarios y laborales, incluyendo reingresos, excedencias, jubilaciones, tomas de posesión, concesión de permisos, licencias y vacaciones al personal.

• Conceder ayudas relativas al fondo social, dietas y todo tipo de indemnizaciones.

• Incoar expedientes disciplinarios e imponer sanciones, salvo que impliquen separación del servicio.

— Respecto al Área de Juventud e Infancia:

• Dirigir, organizar y gestionar los servicios de Juventud e Infancia.

• Proponer el gasto dentro de los servicios delegados, con la autorización del Área de Hacienda.

• Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

• Representar al Ayuntamiento dentro de sus servicios, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

2. En Dña. María Del Rosario Arroyo Lázaro, las atribuciones siguientes en materia de Urbanismo, Vivienda, Vías y Obras, Medio Ambiente:

— Respecto al Área de Urbanismo y Vivienda:

• Dirigir, gestionar y organizar los servicios de Urbanismo, así como los servicios de promoción del suelo destinados a vivienda con algún tipo de protección pública.

• Resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en las materias de su competencia:

• Licencias de primera ocupación, obra menor, de actividad, licencias de funcionamiento, declaración responsable, comunicación previa, cambios de titularidad, licencias de colocación de carteles, de pasos de carruajes, de terrazas veladores y licencias para la ocupación de la vía pública, salvo los mercadillos semanales.

• Dirección de los servicios de inspección municipales en la realización de actividades por terceros.

• Las declaraciones de ruina y dictado de órdenes de ejecución.

• Las medidas para la restauración del orden urbanístico alterado.

• El impulso y la supervisión, en coordinación con Alcaldía Presidencia y su Dirección de Gabinete de Coordinación de los Servicios, de las acciones previstas y desarrolladas en el Plan General de Ordenación Urbana y sus modificaciones puntuales o cualquier otra determinación urbanística.

• Proponer el gasto dentro de los servicios delegados, con la autorización del Área de Hacienda.

• Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

• Representar al Ayuntamiento dentro de sus servicios, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

• La firma de los correspondientes contratos de arrendamientos de las plazas de aparcamiento sitas en el complejo deportivo “El Plantío”, así como de las plazas de aparcamiento que el Ayuntamiento tiene en propiedad en las instalaciones sitas en la calle Miguel Hernández y las que recibirá en los equipamientos de las obras que se están realizando en la marco de la permuta con el Corte Inglés (Decreto de 19 de febrero de 2013).

— Respecto al Área de Vías y Obras:

• Dirigir, organizar y gestionar los servicios de Vías y Obras.

• Proponer el gasto dentro de los servicios delegados, con la autorización del Área de Hacienda.

• Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

• Representar al Ayuntamiento dentro de sus servicios, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

— Respecto al Área de Medio Ambiente:

• Dirigir, organizar y gestionar los servicios correspondientes a Medio Ambiente, Parques y Jardines, Limpieza Urbana y Escena Urbana.

• La capacidad de dictar actos frente a terceros en las materias de su competencia

• La facultad de resolver, mediante actos administrativos, que afecten a terceros, en materias de su competencia.

• Mantenimiento de fuentes públicas en zonas verdes, rotondas y medianas.

• Conceder licencias en materia de su delegación.

• Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

• Proponer el gasto dentro de los servicios delegados, con la autorización del Área de Hacienda.

• Representar al Ayuntamiento dentro de sus servicios, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

3. En D. Manuel Marín Pérez, las atribuciones siguientes en materia de Desarrollo Económico, Empleo y Comercio; Transporte y Turismo; Salud y Consumo y Participación Ciudadana y Cooperación:

— Respecto al Área de Desarrollo Económico, Empleo y Comercio:

• Dirigir, organizar y gestionar los servicios de empleo, comercio.

• Proponer el gasto dentro de los servicios delegados, con la autorización del Área de Hacienda.

• Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

• Representar al Ayuntamiento dentro de sus servicios, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

— Respecto al Área de Transporte y Turismo:

• Dirigir, organizar y gestionar cuantas cuestiones surjan en materia de Transporte y Turismo.

• Representar al Ayuntamiento dentro de sus servicios, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

• La capacidad de dictar actos frente a terceros en las materias de su competencia.

• Proponer el gasto dentro de los servicios delegados, con autorización del Área de Hacienda.

• Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

— Respecto al Área de Salud y Consumo:

• Dirigir, organizar y gestionar los servicios de salud y consumo.

• Conceder las autorizaciones de ocupación de vía pública relativas a los mercadillos.

• Expedir las licencias de tenencia de animales potencialmente peligrosos y seguimiento del registro correspondiente.

• Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

• Proponer el gasto dentro de los servicios delegados. con la autorización del Área de Hacienda.

• Representar al Ayuntamiento dentro de sus servicios, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

— Respecto del Área de Participación Ciudadana y Cooperación:

• Dirigir, organizar y gestionar los servicios de Participación Ciudadana, Asociaciones y Cooperación Internacional.

• Realizar el seguimiento y mantenimiento del Registro Municipal de Asociaciones.

• Proponer el gasto dentro de los servicios delegados, con la autorización del Área de Hacienda.

• Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

• Representar al Ayuntamiento dentro de sus servicios, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

4. En D. Iván López Marina, las siguientes atribuciones en materia de Educación, Cultura y Deportes.

— Respecto del Área de Educación:

• Dirigir, organizar y gestionar los servicios de Educación.

• Proponer el gasto dentro de los servicios delegados, con la autorización del Área de Hacienda.

• Autorización de la ocupación de los centros educativos.

• Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

• Representar al Ayuntamiento dentro de sus servicios, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

— Respecto del Área de Cultura:

• Dirigir, organizar y gestionar los servicios de cultura.

• Coordinar las actividades desarrolladas en esas materias en los centros educativos, en conexión con la concejalía de educación.

• Proponer el gasto dentro de los servicios delegados, con la autorización del Área de Hacienda.

• Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

• Representar al Ayuntamiento dentro de sus servicios, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

— Respecto al Área de Deportes:

• Dirigir, organizar y gestionar los servicios e infraestructuras del área de deportes.

• Presidir el Patronato Municipal del Deporte de Coslada.

• Proponer el gasto dentro de los servicios delegados, con la autorización del Área de Hacienda.

• Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

• Representar al Ayuntamiento dentro de sus servicios, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

5. En Dña. María Teresa González Ausín las siguientes atribuciones en materia de Servicios Sociales y Mayores e Igualdad:

— Dirigir, organizar y gestionar los servicios sociales, los servicios a personas mayores y los servicios del área de integración social e Igualdad.

— Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

— Proponer el gasto dentro de los servicios delegados, con la autorización del Área de Hacienda.

— Representar al Ayuntamiento dentro de sus servicios, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

Asimismo, se delega en Dña. María Teresa González Ausín las siguientes atribuciones en materia de Fiestas:

— Dirigir, organizar y gestionar cuantas cuestiones surjan en materia de Fiestas.

— Representar al Ayuntamiento dentro de sus servicios, salvo los actos que correspondan al Alcalde-Presidente.

— La capacidad de dictar actos frente a terceros en las materias de su competencia.

— Proponer el gasto dentro de los servicios delegados, con autorización del Área de Hacienda.

— Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

Segundo.—Todas las competencias se delegan sin perjuicio de la facultad natural de la Alcaldía-Presidencia de dirigir, coordinar e inspeccionar los servicios pudiendo crear para ello los órganos o instrumentos que considere convenientes.

Tercero.—Las Concejalías-Delegadas quedan obligadas a informar a la Alcaldía Presidencia, directamente o a través de la Dirección de Gabinete y Coordinación de los Servicios, de la gestión realizada en las respectivas áreas y concejalías delegadas.

Cuarto.—Todas las competencias relativas a comunicación por cualquiera de sus medios, prensa y publicaciones queda centralizada en Alcaldía Presidencia, a través de la Dirección de Prensa y Comunicación.

Quinto.—Las atribuciones delegadas las rescatará automáticamente la Alcaldía Presidencia en los casos de ausencia, vacante o enfermedad de los titulares de las concejalías delegadas.

Sexto.—Este Decreto entra en vigor el día 01/09/2017 y deroga las delegaciones efectuadas en Decretos de fecha anterior que quedan sin efecto. No obstante lo anterior, se mantienen los nombramientos de las Tenencias de Alcaldía:

— Primer Teniente de Alcalde: Dña. María del Rosario Arroyo Lázaro.

— Segunda Teniente de Alcalde: Dña. Macarena Orosa Hidalgo.

Asimismo, por Decreto de la Alcaldía-Presidencia número 2017/3245, de 1 de septiembre, se ha delegado la Presidencia del Patronato Municipal del Deporte de Coslada en D. Iván López Marina.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Coslada, a 26 de octubre de 2017.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.

(03/35.895/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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