Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
15-11-2017

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171115-61

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAR DEL OLMO

URBANISMO

61
Villar del Olmo. Urbanismo. Convenio gestión

El Pleno de la Corporación, reunido en sesión extraordinaria el pasado día 17 de octubre de 2017, adoptó acuerdo por unanimidad de sus miembros presentes, lo que constituye una mayoría absoluta del número legal de los mismos, para la aprobación inicial del documento denominado: «Adenda a los convenios de gestión integral del servicio de distribución de agua de consumo humano entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y los Ayuntamientos de Nuevo Baztán y Villar del Olmo para la gestión técnico-comercial del servicio de distribución de agua en la urbanización “Eurovillas”, entre el ente público Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, los Ayuntamientos de Nuevo Baztán y Villar del Olmo y la Entidad Urbanística de Conservación “Eurovillas”».

De acuerdo con lo establecido en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete a exposición pública el expediente de aprobación por un período de veinte días, mediante anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, a los efectos de que se puedan formular las alegaciones que se estimen pertinentes, que serán certificadas por la Secretaría e informadas por los Servicios Municipales.

Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento: www.villardelolmo.es, dando así cumplimiento a lo dispuesto en el punto segundo del citado precepto.

Transcurrida la fase de información pública, y en el caso de la presentación de alegaciones, y resueltas las mismas, la adenda se aprobará definitivamente por acuerdo de la mayoría absoluta del Pleno, en la que deberán incluirse las modificaciones que se introduzcan, en su caso, tras dicho período de información pública.

Para el caso de que aquellas no se produzcan, el acuerdo de aprobación inicial vendrá en definitivo.

Villar del Olmo, a 18 de octubre de 2017.—La alcaldesa-presidenta, Lucila Toledo Moreno.

(02/34.965/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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