Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
15-11-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171115-64

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 9

64
Madrid número 9. Procedimiento 902 de 2013, notificación a Avintia

EDICTO

Doña María Gema Rodríguez Plaza, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 9 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 902 de 2013, instados por la procuradora doña María del Carmen Ortiz Cornago, en nombre y representación de “Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal”, contra “Avintia”, don Luis Gallego Garrido, “Hecamar Excavaciones, Sociedad Limitada” y “Axa Aurora Ibérica”, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 28 de julio de 2017 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por “Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal” contra “Avintia”, don Luis Gallego Garrido, “Axa Aurora Ibérica” y “Hecamar Excavaciones, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro que los demandados adeudan directa y solidariamente a la actora la suma total de 55.256,60 euros, condenando a los demandados al pago de la referida cantidad, descontándose la franquicia que afecta a la póliza del señor Gallego Garrido con “Axa”, en relación únicamente a los mismos pero sin afectar a los demás condenados, más los intereses legales de la misma desde la fecha de admisión a trámite de la demanda hasta la fecha en que ese pago tenga lugar, con expresa imposición de costas a los demandados.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta 2437-0000-04-0902-13 de este órgano.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Hecamar Excavaciones, Sociedad Limitada” y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de esa Comunidad.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 16 de octubre de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/35.454/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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