Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
20-11-2017

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171120-59

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

59
Moralzarzal. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Código BDNS Subvenciones 370736.

Por Resolución de la Concejalía delegada de Bienestar Social, de 14 de noviembre de 2017, han sido aprobadas las bases reguladoras de ayudas al desarrollo del recién nacido 2017/2018.

Beneficiarios: las ayudas están destinadas a unidades familiares de convivencia empadronadas en el municipio, para el desarrollo del recién nacido relacionada con los niños y niñas nacidas o que van a nacer con anterioridad a 31 de diciembre de 2018, compensando las desigualdades económicas de las familias y asegurando un mayor bienestar del niño o niña, y que cumplan los requisitos establecidos en las bases extensas publicadas en la sede electrónica: http//carpeta.moralzarzal.es(tablón de anuncios).

Importe: la presente convocatoria dispone de una financiación global de 5.140,89 euros.

Lugar y plazo de presentación de solicitudes: el plazo de solicitud de la ayudas para el período 2017/2018 será a partir de la publicación de la convocatoria el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Las solicitudes deberán presentarse, debidamente cumplimentadas y con la documentación requerida, en el Registro General del Ayuntamiento de Moralzarzal (plaza de la Constitución, número 1, planta baja) de lunes a viernes, en horario de nueve a catorce, o a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Moralzarzal, en el plazo arriba indicado.

Moralzarzal, a 14 de noviembre de 2017.—El alcalde-presidente, Juan Carlos Rodríguez Osuna.

(03/38.154/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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