Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
20-11-2017

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171120-70

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

70
Tres Cantos. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

BDNS (Identif.): 370186

Extracto de bases reguladoras de concesión de subvenciones para la promoción de la accesibilidad y la supresión de barreras arquitectónicas en espacios comunes, de la edificación residencial de Tres Cantos para el año 2017.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios.—Quiénes reúnan los siguientes requisitos: podrán ser solicitantes de las subvenciones reguladas en las presentes bases los propietarios, usufructuarios o arrendatarios de edificios, las comunidades de propietarios y las comunidades de bienes de edificios de vivienda colectiva en altura y también los no colectivos, ubicados en el casco urbano de Tres Cantos, con más de quince años de antigüedad que tengan barreras arquitectónicas o de comunicación siempre que en ellos resida de forma habitual una persona con movilidad reducida permanente siempre que tenga la condición de persona con discapacidad.

Segundo. Objeto.—Las presentes bases tienen por objeto conceder, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas económicas que fomenten la accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas existentes en edificios recogidos en las bases donde el itinerario que comunica el exterior del edificio, el acceso al mismo o a las viviendas y el plano de arranque del ascensor estén a distinta cota y existan, en su recorrido, tramos de escalera o peldaños aislados sin posibilidad de itinerario alternativo y en los mismos tenga su residencia habitual una persona en situación de movilidad reducida permanente siempre que tenga la condición de persona con discapacidad (diversidad funcional).

Tercero. Bases reguladoras.—Aprobadas en Junta de Gobierno, de 9 de noviembre de 2017, y ordenanza general de subvenciones de 26 mayo de 2005. A disposición en web municipal.

Cuarto. Cuantía.—Con cargo al crédito que para este fin ha sido aprobado en los presupuestos del ejercicio de 2017 del Ayuntamiento de Tres Cantos, en la partida 2001-1522-780, por importe total de 40.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria que se realizará de manera simultánea en: el tablón de anuncios, en la Sede Electrónica y en la web municipal del Ayuntamiento de Tres Cantos (www.trescantos.es).

Tres Cantos, a 10 de noviembre de 2017.—El concejal de Hacienda del Ayuntamiento de Tres Cantos, Javier Juárez de la Morena.

(03/37.352/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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