Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
20-11-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171120-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 20

79
Madrid número 20. Procedimiento 1.313 de 2012, notificación a Conservación de Edificios Brima, S. L.

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento sobre juicio verbal (250.2) número 1.313 de 2012, entre comunidad de propietarios de garaje de calle Mercedes Arteaga, números 13 y 15, y “Conservación de Edificios Brima, Sociedad Limitada”, en cuyos autos se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 171 de 2015

Madrid, a 16 de julio de 2015.—Vistos por la ilustrísima señora doña Blanca Rosa Bartolomé Collado, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 20 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal registrados con el número 1.313 de 2015, derivados de demanda presentada por la comunidad de propietarios de garaje de calle Mercedes Arteaga, números 13 y 15, de Madrid, representada por la procuradora señora Ruiz de Luna y bajo la dirección letrada del señor Redondo Saiz, contra “Conservación de Edificios Brima, Sociedad Limitada”, declarada en situación legal de rebeldía procesal, en reclamación de 5.427,91 euros, dicta en nombre de Su Majestad el Rey la siguiente sentencia con base en los siguientes:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda presentada por la procuradora señora Ruiz de Luna, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de garaje de calle Mercedes Arteaga, números 13 y 15, debo condenar y condeno a “Conservación de Edificios Brima, Sociedad Limitada” a pagar al actor la cantidad de 5.427,91 euros, cifra que devengará los intereses previstos en el artículo 1.108 del Código Civil desde la fecha de interposición de la demanda y hasta la fecha de la presente sentencia, a partir de la cual devengará los intereses previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Las costas de esta primera instancia se imponen a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, el cual habrá de interponerse en el plazo de veinte días desde la notificación de la misma ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial. Para ello será necesario consignar depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, acreditándose el mismo adjuntando copia del resguardo de ingreso junto al escrito (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, que añade a la Ley Orgánica del Poder Judicial la disposición adicional decimoquinta).

Y para que sirva de notificación de la sentencia a “Conservación de Edificios Brima, Sociedad Limitada” se extiende el presente.

En Madrid, a 20 de abril de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/36.217/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171120-79