Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 278

Fecha del Boletín 
22-11-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171122-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 12

81
Madrid número 12. Procedimiento 333 de 2012, notificación a Agusti y Masoliver, S. A.

EDICTO

Don Miguel Ángel Arribas Martín, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 12 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 333 de 2012 instados por procuradora doña María del Carmen Ortíz Cornago en nombre y representación de “Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal”, contra “Agustí y Masoliver, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Sandra Osorio Alonso, contra “Estructuras y Forjados 2050, Sociedad Limitada” y contra RM Excavaciones, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado, en fecha 10 de octubre de 2017, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

1.o Estimo parcialmente la demanda formulada por la representación de “Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal”, contra “Estructuras y Forjados 2050, Sociedad Limitada”, RM Excavaciones y “Agustí y Masoliver, Sociedad Anónima”.

2.o Se tiene por desistida a la parte actora frente a “Agustí y Masoliver, Sociedad Anónima”.

3.o Condeno a “Estructuras y Forjados 2050, Sociedad Limitada” y RM Excavaciones a que abonen solidariamente a la actora la cantidad de 10.146,48 euros.

4.o Condeno a “Estructuras y Forjados 2050, Sociedad Limitada” y RM Excavaciones al pago del interés legal de la suma a la que asciende la condena desde la interpelación judicial.

5.o Condeno a “Estructuras y Forjados 2050, Sociedad Limitada” y RM Excavaciones al pago de las costas con excepción de las causadas a instancia de “Agustí y Masoliver, Sociedad Anónima” que se imponen a la actora.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado “Estructuras y Forjados 2050, Sociedad Limitada” y RM Excavaciones y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 24 de octubre de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/35.898/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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