Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 286

Fecha del Boletín 
01-12-2017

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171201-214

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

214
Madrid número 39. Procedimiento 426 de 2017, notificación a Trans Global World Express, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. CRISTINA SEIVANE TERÁN LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 426/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. DAVID SÁNCHEZ GALLEGO frente a FOGASA y TRANS GLOBAL WORLD EXPRESS, S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

“Estimando la demanda interpuesta por D. David Sánchez Gallego, frente a la empresa TRANS GLOBAL WORLD EXPRESS S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por despido, debo declarar y declaro improcedente el despido de que fue objeto el actor el día 1 de febrero de 2017 y resuelto el contrato de trabajo con efectos de la fecha de esta resolución, condenando a la empresa demandada a que no siendo posible la readmisión por encontrarse cerrada y sin actividad, abone al actor en concepto de indemnización la cantidad de 5.078,70 euros. Asimismo, debo condenar y condeno a la demandada al abono al actor de la suma de 624,11 euros, en concepto de cantidad bruta, que deberá ser incrementada con el recargo del 10% de interés por mora

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación, en la forma y plazos establecidos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a TRANS GLOBAL WORLD EXPRESS, S.L. en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a trece de noviembre de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/37.773/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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