Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 297

Fecha del Boletín 
14-12-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171214-102

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

102
Madrid número 7. Procedimiento 264 de 2017, notificación a Advendio Sales and Services España, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ALEJANDRO ASENSIO MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 07 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 264/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ELENA COSTA MONTALVA frente a ADVENDIO SALES AND SERVICES ESPAÑA SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA Nº 253

En Madrid, a 23 de junio de 2017.

Don Francisco Javier Piñonosa Ros, Magistrado-Juez de Adscripción Territorial en funciones de refuerzo del Juzgado de lo Social nº 7 de Madrid, tras haber visto los presentes autos con nº 264/2007, tras haber visto los presentes autos en materia de Despido, seguidos a instancia de doña Elena Costa Montalvá, con DNI 53625767-W, asistida por el Letrado don mariano Serrano Adanero, contra la ADVENDIO SALES AND SERVICES ESPAÑA S.L.U, que no comparece, y habiendo sido citado el Ministerio Fiscal, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente

F A L L O

Estimo la demanda de despido formulada por de doña Elena Costa Montalvá contra la empresa ADVENDIO SALES AND SERVICES ESPAÑA S.L.U, debo declarar y declaro la nulidad del despido efectuado por la empresa condenando a ésta a la reincorporación inmediata en las mismas condiciones anteriores al despido y al abono de los salarios devengados desde el despido hasta la efectiva reincorporación en importe de 151,31 euros día; así como al abono de una indemnización por vulneración de derechos fundamentales de 6.251 euros.

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta número 2505-0000-61-0264-17 del BANCO SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Santander o presentar aval de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN. – En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.

DILIGENCIA: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ADVENDIO SALES AND SERVICES ESPAÑA SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a quince de noviembre de dos mil diecisiete .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/39.056/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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