Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
19-12-2017

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171219-205

Páginas: 3


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36

205
Madrid número 36. Ejecución 109 de 2014, notificación a María Alicia Toiran Gónzalez (Hostal Camino)

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ANGUSTIAS CARO VIDA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 36 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 109/2014 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. HASSAN BELFAKIH JAMAI frente a D./Dña. MARIA ALICIA TOIRAN GONZALEZ (HOSTAL CAMINO) sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se han dictado las siguientes resoluciones:

En Madrid, a veintitrés de junio de dos mil diecisiete.

Por recibido el anterior exhorto del juzgado de Instrucción nº 31 de Madrid, únase a los autos de su razón.

Conforme a lo solicitado expídase y remítase testimonio del procedimiento ordinario nº149/2014 y del auto ordenando despachar ejecución,librandose los despachos oportunos.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. .Doy fe.

En Madrid, a dos de octubre de dos mil diecisiete.

Por recibido el anterior escrito del letrado D. ALEJANDRO LOPEZ-ROYO MINGOYA, únase a los autos de su razón.

Visto su contenido, no consta en las presentaes actuaciones de ejecución escrito de fecha 6/6/2016 en el que ponga en conocimiento del juzgado su renuncia a la defensa de Mª LUISA TOIRAN GONZALEZ.No obstante, se tiene por renunciado a la defensa de Mª LUISA TOIRAN GONZALEZ y en consecuencia requiérase a la ejecutada a fin de que proceda al nombramiento de nuevo profesional si a su derecho conviniere y notifíquesele la diligencia de ordenación de fecha 23/6/2017.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. .Doy fe.

DILIGENCIA.- En Madrid, a diecinueve de octubre de dos mil diecisiete.

La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que se ha recibido en la cuenta de consignaciones de este Juzgado ingreso por importe de 3.049,76 euros, para su aplicación a estos autos. Doy fe.

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. Mª ANGUSTIAS CARO VIDA

En Madrid, a diecinueve de octubre de dos mil diecisiete.

Visto el contenido de la anterior diligencia, no siendo suficiente la cantidad consignada para satisfacer el importe del principal y de conformidad con lo dispuesto en el art. 268-1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social UNA VEZ FIRME ESTA RESOLUCIÓN, líbrense mandamientos de pago de la cantidad consignada a favor de D. HASSAN BELFAKIH JAMAI y FOGASA, en la proporción correspondiente, y en base a ello se procederá por la Sr. Secretario a confeccionar diligencia de distribución y de todo se dará traslado a las partes y al FOGASA, advirtiéndoles que si se muestran disconformes deberán expresarlo en término de tres días, entendiéndose definitiva en caso contrario la diligencia de distribución practicada.

DILIGENCIA DE PRORRATEO.- En cumplimiento de lo ordenado en la precedente resolución y siguiendo los criterios de distribución fijados corresponde a cada ejecutante percibir las cantidades que se expresan:

-Cantidad principal pendiente en la presente ejecución por la que se declaró insolvencia parcial : 29.876,78 euros.

-Cantidad abonada por el FOGASA : 18.157,63 euros

-Cantidad a repartir : 3.049,76 euros

-Corresponde al FOGASA (0.61%) : 1860.35 EUROS

-Corresponde a D. HASSAN BELFAKIH JAMAI (0.39%) : 1189.41 EUROS

Notifíquese a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. .Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. MARIA ALICIA TOIRAN GONZALEZ (HOSTAL CAMINO) , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintisiete de noviembre de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/39.681/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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