Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
21-12-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171221-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 46

93
Madrid número 46. Procedimiento 1.345 de 2014, notificación a Dabney, S. L.

EDICTO

Don Pedro Sáenz Pastor, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 46 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.345 de 2014, instados por la procuradora doña Mercedes Caro Bonilla, en nombre y representación de doña Udak Kate Johnson y don Peter Obiora Ejisasi, contra “Dabney, Sociedad Limitada”, en reclamación de 24.443 euros y de resolución del contrato de 4 de octubre de 2007, en los que se ha dictado en fecha 2 de febrero de 2017 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña Mercedes Caro Bonilla, en representación de don Peter Obiora Ejisasi y doña Udak Kate Johnson, contra “Dabney, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad de 24.443 euros, más el interés legal desde la fecha de presentación de la demanda. Se da por resuelto el contrato de 4 de octubre de 2007.

Se imponen las costas del procedimiento a la parte demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2540-0000-04-1345-14 de esta oficina judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en “Banco Santander”. Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 46 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2540-0000-04-1345-14. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (Ley Orgánica 1/2009, disposición adicional decimoquinta).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Dabney, Sociedad Limitada” y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 1 de diciembre de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/40.947/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171221-93