Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
22-12-2017

Sección 1.3.65.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171222-22

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE SANIDAD

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ORDEN 1114/2017, de 29 de noviembre, del Consejero de Sanidad por la que se crea el fichero de datos de carácter personal denominado “Peticiones de asistencia sanitaria en favor de extranjeros, no transeúntes ni residentes en España, sin derecho a los servicios de salud” (PASFE), se modifican los ficheros de datos de carácter personal “Sugerencias, Quejas y Reclamaciones” y “Registro de Instrucciones Previas” y se suprime el denominado “Registro Reclamaciones”.

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones públicas solo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el “Boletín Oficial del Estado” o diario oficial correspondiente.

La Viceconsejería de Humanización de la Asistencia Sanitaria desarrolla, entre otras competencias, la de ejecución de aquellas colaboraciones en materia sanitaria de ámbito internacional que se le encomienden y, en especial, de las acciones de cooperación al desarrollo, acción y sensibilización humanitaria, así como la de promoción de las relaciones con organizaciones sanitarias, públicas y privadas y de las iniciativas de la sociedad civil en materia sanitaria, [artículo 3, letras d) y f) respectivamente, del vigente Decreto 195/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad].

Desarrolla además de acuerdo al mismo Decreto la gestión, supervisión y análisis de las sugerencias, quejas y reclamaciones de los ciudadanos, respecto de las cuestiones relativas a derechos y obligaciones de éstos en el ámbito sanitario y la gestión del Registro de Instrucciones Previas de acuerdo a los apartados o) y r) respectivamente del mismo artículo 3.

Por la presente Orden se crea el fichero de datos de carácter personal denominado “PASFE”, que tiene por finalidad contener la documentación que se recoja en la Viceconsejería de Humanización de la Asistencia Sanitaria, con ocasión de peticiones de asistencia sanitaria que se reciban en favor de extranjeros no transeúntes ni residentes en España sin derecho a los servicios de salud, con objeto de su adecuado archivo y consulta, para su posterior envío a Órganos competentes en el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS), para su valoración, trámite y posible autorización y respuesta de las citadas peticiones.

Además, para adaptarlos a su contenido real, se modifican los ficheros de datos de carácter personal “Sugerencias, Quejas y Reclamaciones” y “Registro de Instrucciones Previas” y se suprime el fichero de datos de carácter personal denominado “Registro Reclamaciones”.

Esta disposición ha sido sometida al preceptivo informe de la Agencia Española de Protección de Datos, de 6 de julio de 2017.

En su virtud, en el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas, y a fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, así como en el artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la misma, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre,

DISPONGO

Artículo 1

Creación de fichero

Se crea el fichero de datos de carácter personal denominado “Peticiones de asistencia sanitaria en favor de extranjeros, no transeúntes ni residentes en España, sin derecho a los servicios de salud’ (PASFE), incluido en el Anexo I de esta Orden, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y el artículo 54.1 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

Artículo 2

Modificación de ficheros

Se modifican los ficheros denominados “Sugerencias, Quejas y Reclamaciones” y “Registro de Instrucciones Previas”, incluidos en los Anexos II y III de esta Orden, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y el artículo 54.2 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

Artículo 3

Supresión de fichero

Se suprime el fichero denominado “Registro Reclamaciones” incluido en el Anexo IV de esta Orden, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y el artículo 54.3 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

Artículo 4

Adopción de medidas de seguridad

El titular del Órgano administrativo responsable del fichero contemplará las medidas necesarias, previstas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, para asegurar que los datos de carácter personal existentes se utilicen para la finalidad para la que fueron recogidos, así como para hacer efectivas las garantías, derechos y obligaciones reconocidos en la legislación vigente sobre protección de datos de carácter personal.

Artículo 5

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición

Los particulares afectados por este fichero podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos, cuando proceda, ante la Viceconsejería de Humanización de la Asistencia Sanitaria.

Artículo 6

Comunicación al Registro General de Protección de Datos

En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, el fichero será notificado para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 29 de noviembre de 2017.

El Consejero de Sanidad, ENRIQUE RUIZ ESCUDERO

ANEXO I

FICHERO QUE SE CREA

a) Identificación del fichero: “Peticiones de asistencia sanitaria en favor de extranjeros, no transeúntes ni residentes en España, sin derecho a los servicios de salud” (PASFE).

b) Finalidad y usos previstos: La finalidad del fichero es contener los datos relativos a las peticiones de asistencia sanitaria en favor de extranjeros no transeúntes ni residentes en España sin derecho a los servicios de salud, que reciba la Viceconsejería de Humanización de la Asistencia Sanitaria, con objeto de su archivo y consulta, y para su posterior envío a los Órganos competentes en el Servicio Madrileño de Salud para su trámite.

c) Personas y colectivos afectados: Personas extranjeras no transeúntes ni residentes en España, sin derecho a los servicios de salud, destinatarios de la asistencia sanitaria.

d) Origen de los datos: Datos provenientes de las peticiones de asistencia sanitaria recibidas y de los informes sanitarios que acompañan.

e) Procedimiento de recogida: Datos facilitados, por vía telemática o soporte papel (registro administrativo), por los propios peticionarios.

f) Estructura básica del fichero:

a. Datos identificativos del peticionario: NIF/DNI, nombre y apellidos, teléfono, correo electrónico y profesión.

b. Datos de características personales del destinatario de la asistencia sanitaria: Fecha y lugar de nacimiento.

c. Datos especialmente protegidos: Informes médicos de los destinatarios de la asistencia sanitaria.

g) Sistema de información y tratamiento: Mixto (automatizado y en papel).

h) Comunicación de datos prevista: A otras unidades u órganos de la Consejería de Sanidad y en los supuestos especialmente previstos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

i) Órgano responsable del fichero: Viceconsejería de Humanización de la Asistencia Sanitaria.

j) Órgano ante el que puede ejercitarse el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición: la Viceconsejería de Humanización de la Asistencia Sanitaria.

k) Nivel de medidas de seguridad: Nivel alto (datos de salud).

l) Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países: no se prevén.

ANEXO II

FICHERO QUE SE MODIFICA

a) Identificación del fichero: “Sugerencias, Quejas y Reclamaciones”.

b) Órgano responsable del fichero: Viceconsejería de Humanización de la Asistencia Sanitaria de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.

c) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Viceconsejería de Humanización de la Asistencia Sanitaria. Calle de la Aduana, número 29, 28013 Madrid.

d) Modifica su denominación: Reclamaciones, Sugerencias y Agradecimientos.

e) Motivo de la modificación: El fichero no recoge quejas y sí agradecimientos.

Código: 2040680057.

ANEXO III

FICHERO QUE SE MODIFICA

a) Identificación del fichero: “Registro de Instrucciones Previas”.

b) Órgano responsable del fichero: Viceconsejería de Humanización de la Asistencia Sanitaria de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.

c) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Viceconsejería de Humanización de la Asistencia Sanitaria. Calle de la Aduana, número 29, 28013 Madrid.

d) Modifica su finalidad: Garantizar el derecho a formular instrucciones previas, a inscribirlas, modificarlas, sustituirlas o revocarlas, a custodiarlas y garantizar el acceso a los contenidos de las mismas a los profesionales sanitarios, a los otorgantes de los documentos, a los testigos y representantes, así como a cualquier persona con poder bastante al efecto.

Código: 2073610104.

ANEXO IV

FICHERO QUE SE SUPRIME

a) Identificación del fichero: Registro Reclamaciones.

b) Órgano Responsable: Viceconsejería de Humanización de la Asistencia Sanitaria.

c) Destino que vaya a darse a los datos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción: Sus datos se integran en el fichero “Reclamaciones, Sugerencias y Agradecimientos” dependiente de la Consejería de Sanidad, según el Anexo II de modificación.

d) Motivo por el que se suprime el fichero: La existencia del fichero “Reclamaciones, Sugerencias y Agradecimientos” hace innecesaria la existencia de un fichero con la misma finalidad.

Código: 2042160873.

(03/40.530/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.65.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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