Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
03-01-2018

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180103-94

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

94
Collado Villalba. Organización y funcionamiento. Acuerdo colectivo funcionarios

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de noviembre de 2017, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo relativo a la modificación de los artículos 45 y 57.2 del Acuerdo Colectivo, que en su parte dispositiva dice:

Primero.—Modificar los importes contemplados en el artículo 45 del Acuerdo Colectivo 2015-2017 del Personal Funcionario del Ayuntamiento de Collado Villalba para las ayudas por gastos oftalmológicos, odontológicos y ortopédicos en los siguientes términos:

“Ayuda por gastos oftalmológicos, odontológicos y ortopédicos: se abonará el importe de la factura correspondiente hasta un máximo de 163 euros. En el caso de que la factura exceda de 163 euros, se abonará además el 30 por 100 de la diferencia existente entre dicha cantidad y el importe de la factura, sin que la cantidad total resultante pueda exceder de 225 euros”.

Segundo.—Modificar el artículo 57.2 del Acuerdo Colectivo 2015-2017 del Personal Funcionario del Ayuntamiento de Collado Villalba relativo al premio por rendimiento y años de servicio, estableciendo la siguiente redacción:

“Se establece un premio de antigüedad que premie la prestación de servicios continuados en el Ayuntamiento de Collado Villalba consistente en el abono de una cantidad de 1.000 euros, a los treinta años de servicios ininterrumpidos en la Administración pública siempre y cuando quince años dentro de esos treinta años de servicios se hayan prestado en este Ayuntamiento.

En Collado Villalba, a 15 de diciembre de 2017.—La alcaldesa, María Dolores Vargas Fernández.

(03/42.472/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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