Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 13

Fecha del Boletín 
16-01-2018

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180116-26

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA

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ORDEN de 19 de diciembre de 2017, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid, por la que se crean los ficheros de datos de carácter personal denominados “RE-EMPRENDE” y “EARLYWARNING”.

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el “Boletín Oficial del Estado” o diario oficial correspondiente. El Reglamento de desarrollo de esta Ley se aprobó mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

El Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos entró en vigor el 25 de mayo de 2016 y será aplicable a partir del 25 de mayo de 2018.

El Proyecto de Orden se ha sometido a informe de la Agencia Española de Protección de Datos, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 37.1.h) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Una vez recibido el informe de fecha 13 de octubre de 2017, se han realizado las modificaciones solicitadas en el mismo.

En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas, y a fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 20 de la mencionada Ley, así como del artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la misma,

DISPONGO

Artículo 1

Creación de los ficheros

Se crean los ficheros denominados “RE-EMPRENDE” y “EARLYWARNING”, incluidos en los anexos I y II de esta Orden, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, y el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo.

Artículo 2

Normativa aplicable

Los ficheros que se recogen en los anexos de esta Orden, se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.

Artículo 3

Órgano responsable

El órgano responsable de los ficheros creados será la Viceconsejería de Hacienda y Empleo, que adoptará las medidas técnicas y organizativas necesarias, asegurando, en todo caso, la confidencialidad, la seguridad y la integridad de los datos, así como el efectivo cumplimiento de las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA

Notificación de los ficheros

En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, la creación de los ficheros será notificada, para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, en el plazo de treinta días desde la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 19 de diciembre de 2017.

La Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, ENGRACIA HIDALGO TENA

ANEXO I

FICHERO DE NUEVA CREACIÓN

a) Identificación del fichero.

a.1) Denominación del fichero: RE-EMPRENDE.

a.2) Finalidad y usos previstos: La finalidad del fichero es la gestión de las Ayudas del Programa RE-EMPRENDE en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

b) Origen de los datos.

b.1) Colectivos: Los trabajadores autónomos o por cuenta propia que no hayan tenido éxito en su trayectoria profesional y, que se les haya reconocido la prestación por cese de actividad.

b.2) Procedencia: El solicitante de la ayuda o, en su caso, el representante legal del mismo, al cumplimentar el correspondiente formulario de solicitud.

Procedimiento de recogida: Vía telemática, a través de la web corporativa de la Comunidad de Madrid www.madrid.org, o vía presencial, a través de los registros que se establecen en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con lo dispuesto en la disposición final 7 de la citada Ley, que establece un plazo de dos años desde su entrada en vigor para que produzcan efectos las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

— Datos identificativos:

• NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección, teléfono, email, firma electrónica.

— Otras categorías de carácter personal:

• Datos de características personales: Fecha de nacimiento, sexo y nacionalidad.

• Datos académicos y profesionales: Fecha de alta como trabajador autónomo en Seguridad Social.

• Datos de detalles de empleo: Código del IAE y localidad de la actividad.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas: Se prevén cesiones a la Intervención Delegada en la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órgano responsable del fichero: Viceconsejería de Hacienda y Empleo de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Unidad de Autónomos, Economía Social y Responsabilidad Social de las Empresas. c/ Vía Lusitana 21, 28025 Madrid.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel Básico.

ANEXO II

FICHERO DE NUEVA CREACIÓN

a) Identificación del fichero.

a.1) Denominación del fichero: EARLYWARNING.

a.2) Finalidad y usos previstos: La finalidad del fichero es la gestión del Proyecto Early Warning Europe en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

b) Origen de los datos.

b.1) Colectivos: Trabajadores autónomos o por cuenta propia o pymes en situación de dificultad que formen parte del proyecto.

b.2) Procedencia: El trabajador autónomo o el representante legal de la empresa al cumplimentar el cuestionario previo de solicitud del servicio.

Procedimiento de recogida: Vía telemática, a través de la web corporativa de la Comunidad de Madrid www.madrid.org, o vía presencial, a través de los registros que se establecen en el artículo 16.4 de la Ley 39/12015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con lo dispuesto en la disposición final 7 de la citada Ley, que establece un plazo de dos años desde su entrada en vigor para que produzcan efectos las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

— Datos identificativos:

• Nombre y apellidos del trabajador autónomo, nombre de la empresa, nombre y apellidos del representante legal de la empresa, dirección, teléfono y email.

— Otras categorías de carácter personal:

• Datos de detalles de empleo: año de comienzo de la actividad, sector de actividad, código del IAE, localidad de la actividad, número de empleados a jornada completa y volumen de negocios anual.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas: Se prevén cesiones a la Asociación de Trabajadores Autónomos (A.T.A) y a Executive Agency for Small and Medium-sized Enterprises (EASME).

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órgano responsable del fichero: Viceconsejería de Hacienda y Empleo de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Unidad de Autónomos, Economía Social y Responsabilidad Social de las Empresas. c/ Vía Lusitana 21, 28025 Madrid.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel Básico.

(03/43.541/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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