Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 15

Fecha del Boletín 
18-01-2018

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180118-33

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COSLADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

33
Coslada. Régimen económico. Ordenanza ocupación suelo fiestas locales

Transcurrido el plazo de exposición al público en el tablón municipal, finalizado el día 12 de enero de 2018, del acuerdo provisional de modificación de la ordenanza fiscal VI reguladora de la ocupación del dominio público local: fiestas, adoptado en sesión celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de Coslada, el día 15 de noviembre de 2017, y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 282, de 27 de noviembre de 2017, y no habiéndose presentado reclamaciones a dicho acuerdo, queda elevado a definitivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Lo que se hace público a los efectos previstos en los artículos 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, publicándose el texto íntegro de la modificación de la ordenanza.

Contra el presente acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establezcan las normas reguladoras de dicha jurisdicción.

Se incluye la nueva redacción del epígrafe J del artículo quinto, 1.o, Tarifas y cuotas por utilización privativa o aprovechamientos especiales del dominio público, que entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación definitiva, con la siguiente redacción:

Coslada, a 15 de enero de 2018.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.

(03/1.528/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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