Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 24

Fecha del Boletín 
29-01-2018

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180129-134

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

134
Madrid número 29. Ejecución 71 de 2017, notificación a Barnacla, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ELENA MÓNICA DE CELADA PEREZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 71/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA BELEN GARCIA FERNANDEZ frente a DEMERQUISA SA, BARNACLA SL, HOGAR Y COSMETICA ESPAÑOLA SA y D./Dña. IGNACIO MARIA (ADMINISTRADOR JUDICIAL) GOMEZ BILBAO sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución :

DECRETO

En Madrid, a nueve de Enero de dos mil dieciocho.

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerde dejar en suspenso la ejecución despachada, por encontrarse las entidades ejecutadas, HOGAR Y COSMETICA ESPAÑOLA SA y DEMERQUISA SA en situación de concurso de acreedores.

Requiérase al Administrador Concursal al objeto de que en el plazo de CINCO DIAS aporte testimonio del auto de fecha 25/10/2017 dictado por el Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Madrid por el que se declara en concurso voluntario de acreedores a las referidas ejecutadas.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a BARNACLA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a nueve de enero de dos mil dieciocho .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/861/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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