Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 24

Fecha del Boletín 
29-01-2018

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180129-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

84
Madrid. Secretaría de Gobierno. Nombramiento de juez de paz sustituto Cercedilla

SECRETARÍA DE GOBIERNO

DON JOSÉ PALAZUELOS MORLANÉS,SECRETARIO DE GOBIERNO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

CERTIFICO: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior en sesión celebrada el día de hoy, se adoptó el siguiente Acuerdo:

3. DOS.- CERCEDILLA.- NOMBRAMIENTO DE JUEZ DE PAZ SUSTITUTO POR DESIGNACIÓN DIRECTA.

Por Acuerdo de la Presidencia de este Tribunal Superior de fecha 19 de julio de 2017, se procedió, de conformidad con el artículo 101.4 de la Ley orgánica del Poder Judicial y los artículos 9 y siguientes del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, a iniciar los trámites necesarios para la designación directa del cargo de Juez de Paz sustituto de Cercedilla por la Sala de Gobierno, presentándose una única solicitud.

Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.

LA SALA DE GOBIERNO POR UNANIMIDAD ACUERDA: Por acuerdo de la Presidencia de 19 DE JULIO de 2017, se procedió a iniciar los tramites para la designación directa del cargo del Juez de Paz Sustituto de Cercedilla presentándose sólo D. Miguel Ángel Fernández Crespo, procediéndose a nombrarlo como Juez de Paz Sustituto de Cercedilla, con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juzgado Decano de Collado Villalba, partido judicial al que pertenece, al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Cercedilla, al Juzgado de Paz de la misma localidad y al Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid para su publicación. Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado expido y firmo la presente en Madrid a 18/12/2017.

EL SECRETARIO DE GOBIERNO

JOSÉ PALAZUELOS MORLANÉS

(03/768/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180129-84