Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 26

Fecha del Boletín 
31-01-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180131-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 17

84
Madrid número 17. Procedimiento 636 de 2009, notificación a Francisco Delgado Pérez

EDICTO

En el juicio número 636 de 2009, se ha dictado la sentencia de 20 de marzo de 2012, cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 20 de marzo de 2012.—La ilustrísima señora doña Milagros del Saz Castro, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 17 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado número 636 de 2009, a instancias de “Madrid Leasing Corporación, Sociedad Anónima”, EFC, representada por el procurador señor de Diego Quevedo, contra don Francisco Delgado Pérez y “Eldom Solutions, Sociedad Limitada”, en rebeldía procesal.

Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta por el procurador señor de Diego Quevedo, en nombre y representación de “Madrid Leasing Corporación, Sociedad Anónima”, EFC, frente a “Eldom Solutions, Sociedad Limitada”, y don Francisco Delgado Pérez, en situación procesal de rebeldía, debo:

1. Declarar y declaro resuelto el contrato que vincula a las partes desde el 24 de diciembre de 2008, con la consiguiente cancelación o extinción de los derechos de opción de compra concedidos en el contrato de 11 de septiembre de 2007.

2. Condenar y condeno a la mercantil demandada a restituir a la actora la posesión del bien objeto del contrato, poniéndolo a disposición de la actora.

3. Condenar y condeno a los demandados a abonar a la actora la suma de 14.399,70 euros, más el interés moratorio pactado al tipo nominal anual de 22 por 100.

4. Condenar y condeno a los demandados al abono de las costas procesales causadas.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá ante este Tribunal dentro del plazo de veinte días. Debiendo constituir el depósito exigido en la disposición decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 154.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia de 20 de marzo de 2012 a don Francisco Delgado Pérez y “Eldom Solutions, Sociedad Limitada”, mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de enero de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/2.004/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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