Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 31

Fecha del Boletín 
06-02-2018

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180206-73

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 1

73
Torrejón de Ardoz número 1. Procedimiento 942 de 2016, notificación a Armero y Mezquita, S. L.

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 942 de 2016, entre “Garbisur, Sociedad Limitada” y “Armero y Mezquita, Sociedad Limitada”.

Sentencia número 270 de 2017

Torrejón de Ardoz, a 14 de noviembre de 2017.—La magistrada-juez, doña María del Carmen Fernández Luis.

Vistos por mí, doña María del Carmen Fernández Luis, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 1 de Torrejón de Ardoz, los presentes autos de juicio verbal, seguidos ante este Juzgado con el número 942 del año 2016, a instancias de “Garbisur, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora señora Pato Calleja, y asistida por el letrado señor Panadero Ramírez, frente a “Armero y Mezquita, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, y en virtud de los siguientes:

Fallo

Estimo en parte la demanda promovida por la procuradora señora Pato Calleja, en nombre y representación de “Garbisur, Sociedad Limitada”, frente a “Armero y Mezquita, Sociedad Limitada”, y en consecuencia condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 29.189,89 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de la sentencia. Todo ello sin que proceda expresa condena en costas.

Y para que sirva de notificación a “Armero y Mezquita, Sociedad Limitada”, expido y firmo la presente en Torrejón de Ardoz, a 29 de noviembre de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/2.701/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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