Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 32

Fecha del Boletín 
07-02-2018

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180207-137

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

137
Madrid número 41. Procedimiento 1.024 de 2017, notificación a Ocio y Entretenimiento Infantil, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1024/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA DOLORES MENA LOPEZ, D./Dña. VERONICA GARCIA MARTIN, D./Dña. ANA BERTA MARTINEZ ALVAREZ, D./Dña. MARIA PILAR POLO ORTIZ, D./Dña. INMACULADA REDONDO LEAL, D./Dña. ANDREA BALANDIN SANCHEZ, D./Dña. YUSEF AHMED AL-LAL y D./Dña. MARIA JOSE ARRANZ DEL CASTILLO frente a OCIO Y ENTRETENIMIENTO INFANTIL SL y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que estimando como estimo la demanda de despido formulada por Doña María José Arranz del Castillo, Doña Ana Berta Martínez Álvarez Doña Inmaculada Redondo Leal, Doña María Dolores Mena López, Doña Verónica García Martín Álvarez, Doña Andrea Baladin Sánchez, Doña María Pilar Polo Ortiz, Don Yusef Ahmed Al-Lal contra la empresa Ocio y Entretenimiento Infantil, S.L., debo declarar y declaro la improcedencia del despido y extinguido el contrato de trabajo con efectos de esta sentencia, con derecho a percibir la indemnización y salarios de tramitación que a continuación se expresan:

Y estimando como estimo la demanda de cantidad formulada por Doña María José Arranz del Castillo, Doña Ana Berta Martínez Álvarez Doña Inmaculada Redondo Leal, Doña María Dolores Mena López, Doña Verónica García Martín Álvarez, Doña Andrea Baladin Sánchez, Doña María Pilar Polo Ortiz, Don Yusef Ahmed Al-Lal contra la empresa Ocio y Entretenimiento Infantil, S.L., debo condenar y condeno a ésta a abonar a aquéllos las cantidades siguientes con el recargo del artículo 29.3 aplicado a las cantidades que se expresan:

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta 5052000065102417 del Banco Santander aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco Santander o presentar aval de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a OCIO Y ENTRETENIMIENTO INFANTIL SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecinueve de enero de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/2.211/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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