Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 33

Fecha del Boletín 
08-02-2018

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180208-58

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

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Madrid. Secretaría de Gobierno. Nombramiento juez paz sustituto Colmenarejo

SECRETARÍA DE GOBIERNO

DON JOSÉ PALAZUELOS MORLANÉS,SECRETARIO DE GOBIERNO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

CERTIFICO: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior en sesión celebrada el día de hoy, se adoptó el siguiente Acuerdo:

3. TRES.- COLMENAREJO.- NOMBRAMIENTO DE JUEZ DE PAZ SUSTITUTO.

Por Acuerdo de la Presidencia de este Tribunal Superior de fecha 10 de octubre de 2017, se procedió, de conformidad con el artículo 101.4 de la Ley orgánica del Poder Judicial y los artículos 9 y siguientes del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, a iniciar los trámites necesarios para la designación directa del cargo de Juez de Paz sustituto de Colmenarejo por la Sala de Gobierno, presentándose una única solicitud.

Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.

LA SALA DE GOBIERNO POR UNANIMIDAD ACUERDA: Por acuerdo de la Presidencia de 10 de octubre de 2017, se procedió a iniciar los trámites para la designación directa del cargo del Juez de Paz Sustituto de Colmenarejo presenta su candidatura al cargo, sólo Dª Mª. Teresa García García, procediéndose a nombrarla como Juez de Paz Sustituto de Colmenarejo, con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juzgado Decano de San Lorenzo de el Escorial partido judicial al que pertenece, al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Colmenarejo, al Juzgado de Paz de la misma localidad y al Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid para su publicación. Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado expido y firmo la presente en Madrid a 18/12/2017.

EL SECRETARIO DE GOBIERNO

JOSÉ PALAZUELOS MORLANÉS

(03/2.198/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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