Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
15-02-2018

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180215-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

116
Madrid número 11. Ejecución 5 de 2018, notificación a PFA Prevención de Riesgos Laborales

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ENCARNACION GUTIERREZ GUIO, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 5/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JOSE MIGUEL VILLAMOR MIELGO frente a PFA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA (AUTO 22/01/2018)

Despachar orden general de ejecución de sentencia de 10/05/2017 a favor de la parte ejecutante, D./Dña. JOSE MIGUEL VILLAMOR MIELGO, frente a la demandada PFA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES, parte ejecutada, por un principal de 83305,97 (44216,04+35536,93+3553) más 8330 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

PARTE DISPOSITIVA (DECRETO 22/01/2018)

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:

Se acuerda el embargo de las DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS que la AEAT tenga pendientes de devolver a la parte ejecutada. A tal efecto, realícese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la Cuenta de Consignaciones Judiciales.

Se acuerda el embargo de los saldos de PFA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES a favor del ejecutado, en las entidades objeto de averiguación patrimonial por este juzgado en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PFA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintidós de enero de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/2.854/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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