Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2018

Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180219-21

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES

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RESOLUCIÓN 3/2018, de 29 de enero, del Director General de Juventud y Deporte, por la que se dispone la publicación de la modificación de los Estatutos de la Real Federación de Fútbol de Madrid.

En el ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 21.3.b) de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 2.1 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, mediante Orden 36/2018, de 18 de enero, del Consejero de Cultura, Turismo y Deportes, se aprobó la modificación del artículo 24 de los Estatutos de la Real Federación de Fútbol de Madrid, se dispuso su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid y se ordenó la publicación de la modificación de los Estatutos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 34.5 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, y en el artículo 10 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, los Estatutos de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como sus modificaciones, se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En su virtud,

RESUELVO

Disponer la publicación de la modificación del artículo 24 de los Estatutos de la Real Federación de Fútbol de Madrid en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, contenida en el Anexo a la presente Resolución.

Madrid, a 29 de enero de 2018.—El Director General de Juventud y Deporte, Javier Orcaray Fernández.

ANEXO

MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA REAL FEDERACIÓN DE FÚTBOL DE MADRID

Artículo 24

1. En el seno de la Real Federación de Fútbol de Madrid, se constituyen inicialmente los siguientes órganos:

A. De gobierno y representación:

a) La Asamblea General y su Comisión Delegada.

b) El Presidente.

B. Complementarios:

a) La Junta Directiva.

b) El Secretario General.

C. Técnicos:

a) El Comité de Fútbol Aficionado.

b) El Centro de Estudios y Desarrollo de Fútbol de Madrid.

c) El Comité de Árbitros de Fútbol de Madrid.

d) El Centro de Perfeccionamiento de Árbitros de Fútbol de Madrid.

e) Escuela Madrileña de Entrenadores de Fútbol.

f) El Comité de Entrenadores de Fútbol de Madrid.

D. De garantías normativas:

a) El Comité de Competición y Disciplina.

b) El Comité de Apelación.

c) El Comité Jurisdiccional y de Conciliación.

2. El Presidente de la RFFM, se encuentra facultado para constituir cuantos órganos considere convenientes para el buen funcionamiento del ente federativo.

3. Todos los cargos de la Junta Directiva y del Comité Ejecutivo podrán ser retribuidos. Tendrá carácter honorífico los cargos federativos de los órganos técnicos y de garantías normativas del ente federativo. No obstante, dichos cargos federativos, previo acuerdo del Presidente de la Real Federación de Fútbol de Madrid, tendrán derecho a percibir las indemnizaciones por gastos de desplazamiento y asistencia a las reuniones de los órganos colegiados de los que formen parte.

(03/4.359/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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