Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2018

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180220-174

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33

174
Madrid número 33. Procedimiento 915 de 2017, notificación a Telecomunicaciones Europa RJT, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ALMUDENA BOTELLA GARCIA-LASTRA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 33 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 915/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CRISTIAN FABIAN CLEVES HOYOS, D./Dña. ALEXIS MARTIN LOPEZ ARIAS, D./Dña. ROBERTO DANILO ALVEAR CADENA, D./Dña. DONNYS PAUL MERCEDES MENDEZ y D./Dña. JAIRO PUENTES QUIJANO frente a FOGASA y TELECOMUNICACIONES EUROPA RJT.S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:

Que estimando totalmente la demanda de despido interpuesta por D° JAIRO PUENTES QUIJANO, ALEXIS MARTIN LOPEZ ARIAS, DONNYS PAUL MERCEDES MENDEZ, CRISTIAN FABIAN CLEVES HOYOS, ROBERTO DANILO ALVEAR CADENA frente a la empresa TELECOMUNICACIONES EUROPA RJT SL debo DECLARAR Y DECLARO IMPROCEDENTE EL DESPIDO de la parte actora y siendo imposible la readmisión DECLARO EXTINGUIDA la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución y CONDENO a la empresa demandada a que le indemnice al actor con las cantidades siguientes, así como los salarios de tramitación desde la fecha del despido (306-17) hasta la presente resolución a razón de las cantidades siguientes:

A favor de Dº JAIRO PUENTES QUIJANO: 3.196,38 euros netos de indemnización y salarios a razón de 48,43 euros/día.

A favor de Dº ALEXIS MARTÍN LOPEZ ARIAS: 1.997,74 euros netos de indemnización y salarios a razón de 48,43 euros/día. 48,43 euros/día.

A favor de Dº DONNYS PAUL MERCEDES MENDEZ: 4.128,66 euros netos de indemnización y salarios a razón de 48,43 euros/día. 48,43 euros/día.

A favor de Dº CRISTIAN FABIAN CLEVES HOYOS: 2.796,83 euros netos deindemnización y salarios a razón de 48,43 euros/día. 48,43 euros/día.

A favor de Dº ROBERTO DANILO ALVEAR CADENA: 1.731,37 euros de indemnización y salarios a razón de 48,43 euros/día. 48,43 euros/día.

Y que estimando parcialmente la demanda de cantidad interpuesta por la parte actora debo CONDENAR Y CONDENO a la empresa demandada a abonarle la cuantía siguiente en concepto de salario debido:

A favor de Dº JAIRO PUENTES QUIJANO: 3.633,42 euros brutos

A favor de Dº ALEXIS MARTÍN LOPEZ ARIAS: 3.633,42 euros brutos

A favor de Dº DONNYS PAUL MERCEDES MENDEZ: 3.633,42 euros brutos

A favor de Dº CRISTIAN FABIAN CLEVES HOYOS: 3.633,42 euros brutos

A favor de Dº ROBERTO DANILO ALVEAR CADENA: 3.633,42 euros brutos.

Y debo ABSOLVER al FOGASA sin perjuicio del art. 33 ET.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito; siendo indispensable si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso; y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 300 euros, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en el Santander, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a TELECOMUNICACIONES EUROPA RJT, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID .

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinticuatro de enero de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/3.607/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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