Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2018

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180220-207

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 1

207
Valencia número 1. Procedimiento 418 de 2016, notificación a Unipapel, S. L. U., y otros

EDICTO

Doña María José Navarro Melchor, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de los de Valencia.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 418 de 2016, a instancias de don Pedro Javier Pérez Nalda, contra “Unipapel, Sociedad Limitada Unipersonal” y otros, en la que el día 11 de enero de 2018 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva dice:

Decreto

En Valencia, a 11 de enero de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia, doña María José Navarro Melchor.

Resolviendo reposición contra decreto de 18 de julio de 2017.

Parte dispositiva:

Acuerdo: desestimar el recurso de reposición interpuesto por “Delion Holding Spain, Sociedad Limitada” y por el resto de codemandados adheridos al mismo contra la resolución recurrida.

Todo ello sin perjuicio de que las partes puedan hacer valer ante el magistrado las cuestiones alegadas en el escrito de reposición como motivo del mismo, que se corresponden a excepciones procesales y cuestiones de fondo que debe resolver el magistrado.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas.

Modo de impugnación: contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de reproducir la cuestión al recurrir, si fuere procedente, la resolución definitiva.—La letrada de la Administración de Justicia.

Y para que conste y sirva de notificación a “Unipapel, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Delion Holding Spain, Sociedad Limitada”, “Adveo España, Sociedad Anónima”, Fondo de Garantía Salarial, don Santiago Oliveros Lapuerta (administrador concursal), “Springwater Capital Spain, Sociedad Limitada”, don Martin Gruschka y “Adveo Grupo Internacional, Sociedad Anónima”, que se encuentran en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que, de conformidad con el artículo 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o de decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente o cuando se trate de un emplazamiento.

Valencia, a 18 de enero de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/3.911/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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