Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2018

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180220-60

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVALAFUENTE

RÉGIMEN ECONÓMICO

60
Navalafuente. Régimen económico. Presupuesto general 2018

De conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y 169.3 del texto refundido 2/2004, de 5 de marzo, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y una vez devenido en definitivo el acuerdo aprobado por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 30 de noviembre de 2017, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, se hace público en cumplimiento del artículo 169.3 del texto refundido 2/2004, el presupuesto general de la entidad año 2018 resumido por capítulos.

Plantilla aprobada junto al presupuesto general para el 2018.

Altos cargos

— Dedicación exclusiva: una plaza.

Personal funcionario

Escala de Habilitación de Carácter Nacional:

— Secretario interventor: una plaza.

Escala de Administración General:

— Administrativo: una plaza.

Personal laboral.

— Auxiliar administrativo: dos plazas.

— Agente de Empleo y Desarrollo Local: dos plazas.

— Auxiliar de limpieza: cuatro plazas.

— Educadoras infantiles: tres plazas.

— Oficial de primera: cuatro plazas.

— Peón: una plaza.

— Auxiliar de mantenimiento: una plaza.

— Monitor cultura: tres plazas.

— Monitor deportivo: tres plazas.

Contra esta aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo según lo dispuesto en la citada Ley 2/2004, artículo 171, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Navalafuente, a 2 de febrero de 2018.—El alcalde-presidente, Miguel Méndez Martiáñez.

(03/4.526/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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