Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2018

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180220-66

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

URBANISMO

Gerencia Municipal de Urbanismo

66
Pozuelo de Alarcón. Urbanismo. Gerencia Municipal de Urbanismo. Proyecto reparcelación

La Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el 31 de enero de 2018, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar definitivamente la operación jurídica complementaria al proyecto de reparcelación de la Unidad de Ejecución conformada por el APR 3.4-08 “San Roque/Calvario/San Lucas” del Plan General de Ordenación Urbana, promovida por la Junta de Compensación del referido ámbito, objeto del presente expediente y concretada en el texto refundido del proyecto de reparcelación de la Unidad de Ejecución conformada por el APR 3.4-08 “San Roque/Calvario/San Lucas”.

Segundo.—Notificar a todos los interesados el presente acuerdo, ordenando su publicación en los términos dispuestos por el artículo 111 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos legales oportunos, comunicando que contra el precedente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Gobierno Local, conforme a lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, o cualquier otro recurso que se considere procedente, indicándose que la interposición de recurso no paraliza la ejecutividad del acuerdo.

Pozuelo de Alarcón, a 5 de febrero de 2018.—El gerente municipal de Urbanismo, Raúl Herranz Muñoz.

(02/4.576/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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