Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2018

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180226-121

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

121
Madrid. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Segunda. Procedimiento 1.202 de 2016, notificación a Ayuntamiento de Loeches y otros

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Segunda

EDICTO

Dña. BEATRIZ CRESPO MARQUES, Letrada de la Administración de Justicia de la Sección 2 de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid

DOY FE: Que en el Procedimiento Ordinario 1202/2016 se ha dictado Sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLAMOS

Que con estimación del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Comunidad de Madrid, asistida y representada por Letrada de la Comunidad de Madrid, contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Loeches de fecha 17 de marzo de 2016 (BOCM nº 154 de 14 de abril de 2016), por el que se modifica el artículo 93 de la Ordenanza nº 45 de Medio Ambiente, debemos declarar y declaramos la nulidad del citado precepto. Y todo, con expresa imposición al Ayuntamiento demandado de las costas causadas, con la limitación establecida en el último fundamento jurídico.

Firme la presente Sentencia deberá procederse a la publicación de su Parte Dispositiva en la forma dispuesta en el artículo 72.2 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndoles saber que la misma es susceptible de recurso de casación que deberá prepararse ante esta Sala en el plazo de 30 días contados desde el siguiente al de su notificación; en el escrito de preparación del recurso deberá acreditarse el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 89.2 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, justificando el interés casacional objetivo que se pretenda.

Así, por esta nuestra sentencia, juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.—D. Juan Pedro Quintana Carretero.—D. José Daniel Sanz Heredero.—D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.—D. José Ramón Chulvi Montaner.—Dª. Fátima Blanca de la Cruz Mera.—Dª. Natalia de la Iglesia Vicente.

Y para su publicación expido el presente edicto que firmo.

En Madrid, a 26 de enero de 2018.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/4.405/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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