Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2018

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180226-26

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA

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CORRECCIÓN de errores de la Orden de 29 de diciembre de 2017, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas por la fundación de la energía de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de los Planes Renove de Ascensores, Electrodomésticos e Instalaciones Eléctricas Comunes en edificios de viviendas de la Comunidad de Madrid.

Apreciado error tipográfico por omisión, en la publicación de la citada Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 16, correspondiente al día 19 de enero 2018, páginas 78 a 106 (número de inserción 03/1.081/18), se procede a su corrección en los siguientes términos:

En el Anexo, página 98, artículo 43, en el último párrafo,

Donde dice:

“Para el resto de los casos en los que justificantes bancarios de los pagos realizados no correspondan a la totalidad del importe de la factura o no estén fechados en el período comprendido entre el día siguiente de la publicación de la presente Orden en BOLETÍN OFI-”.

Debe decir:

“Para el resto de los casos en los que justificantes bancarios de los pagos realizados no correspondan a la totalidad del importe de la factura o no estén fechados en el período comprendido entre el día siguiente de la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y el 31 de diciembre de 2018 o, en su caso, hasta que finalice el período de prorroga la ayuda se minorará proporcionalmente.

La Fundación de la Energía procederá al abono de la cuantía de la ayuda en el plazo máximo de tres meses a contar desde la notificación de la resolución”.

Madrid, a 19 de febrero de 2018.

(03/6.083/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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