Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2018

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180226-29

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

29
RESOLUCIÓN de 15 de febrero de 2018, del Director General de Administración Local, sobre la convocatoria por el sistema de Libre Designación del puesto de Jefe de Recaudación del Ayuntamiento de Leganés, reservado a funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.

Visto que Ayuntamiento de Leganés remitió por escrito de fecha de 23 de enero de 2018, la documentación relativa a la convocatoria por el sistema de Libre Designación del puesto de Jefe de Recaudación de dicho Ayuntamiento, reservado a Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Se adjuntó a este escrito, texto de las Bases que han de regir la convocatoria por Libre Designación del puesto de Jefe de Recaudación de dicho Ayuntamiento. Con fecha 30 de enero de 2018, remite documentación complementaria para la tramitación del expediente.

Visto el expediente tramitado por el Ayuntamiento de Leganés, así como el informe del Área de Régimen Jurídico Local e Innovación Tecnológica.

Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.

Considerando que esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 25/2015, de 26 de junio, Decreto 72/2015, de 7 de julio y Decreto 194/2015, de 4 de agosto:

HE RESUELTO

1. Publicar la convocatoria y las bases para la provisión, mediante el sistema de Libre Designación, del puesto de trabajo de Jefe de Recaudación del Ayuntamiento de Leganés, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, aprobadas Decreto de Alcaldía de fecha 23 de enero de 2018 y Decreto de Alcaldía de fecha 30 de enero de 2018.

«Visto el informe propuesta de fecha 08/01/2018 del Jefe de Negociado de Selección y contratación, que en su parte expositiva dice:

“ANTECEDENTES

El puesto de Jefe de Recaudación se encuentra vacante y tiene las siguientes características: reserva a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, de la subescala de Intervención-Tesorería, Categoría: Entrada, Grupo A1, nivel 30, complemento específico de 37.558.36 euros, cuya cobertura es por el sistema de provisión de Libre Designación.

Teniendo la necesidad de cubrir el puesto con carácter definitivo, se presentan las siguientes bases para la provisión del mismo por el sistema de Libre Designación al objeto de que se aprueben y se realicen cuantos trámites sean necesarios para la cobertura del mismo.

A estos hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

Normativa Aplicable

— Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del empleado Público.

— Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL)

— RDL 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones Legales vigentes en materia de régimen local.

— Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

— Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y Provisión de puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

Segundo

Procedimiento provisión, por el sistema de Libre Designación, de puestos reservados a habilitados de carácter nacional

De acuerdo con el artículo 28 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional:

1. Las bases de la convocatoria para cubrir los puestos de Libre Designación serán aprobadas por el Presidente de la corporación y habrán de contener los siguientes datos:

a) Corporación.

b) Denominación y clase del puesto.

c) Nivel de complemento de destino.

d) Complemento específico.

e) Requisitos para su desempeño conforme a la relación de puestos de trabajo.

f) Referencia al conocimiento de la lengua propia de la comunidad autónoma correspondiente conforme a su normativa específica.

2. La convocatoria, que se realizará en el plazo máximo de tres meses desde que el puesto de trabajo hubiese resultado vacante, corresponde al Presidente de la corporación, quien la remitirá al órgano competente de la comunidad autónoma para su publicación en el diario oficial correspondiente y remisión al Ministerio de Administraciones Públicas, en el plazo máximo de 10 días, con referencia precisa del número y fecha del diario en el que ha sido publicada.

La Dirección General para la Administración Local dispondrá la publicación, cada mes y con carácter regular, del extracto de dichas convocatorias en el “Boletín Oficial del Estado”.

2. Las solicitudes se dirigirán, dentro de los 15 días naturales siguientes a dicha publicación, al órgano convocante. Concluido el plazo, el Presidente de la corporación procederá, en su caso, previa constatación de los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar la resolución correspondiente en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la corporación y traslado de aquella al órgano competente de la comunidad autónoma y a la Dirección General para la Administración Local, para la anotación y publicación conjunta en el “Boletín Oficial del Estado”. Dicha resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. La plaza deberá ser adjudicada entre los candidatos que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria. En todo caso, deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.

4. El plazo posesorio será el mismo que se establece en el artículo 23.

La presente convocatoria no supone un incremento de gasto por cuanto que las retribuciones a percibir por el candidato seleccionado son las establecidas en la vigente Relación de Puestos de Trabajo y para las que existe consignación presupuestaria.

Por lo expuesto y de conformidad con la parte dispositiva del informe propuesta,

HE RESUELTO

Primero

Aprobar las bases que han de regir la provisión mediante Libre Designación del puesto de Jefe de Recaudación del Ayuntamiento de Leganés reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Segundo

Convocar dicho puesto con sujeción a las siguientes Bases.

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DEL PUESTO DE JEFE DE RECAUDACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS POR EL PROCEDIMIENTO DE LIBRE DESIGNACIÓN

Primera

Objeto de la convocatoria y normativa aplicable

Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria para proveer, por el sistema de Libre Designación, el puesto de Jefe de Recaudación del Ayuntamiento de Leganés, reservado a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 92 bis.6 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, según la redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.

Segunda

Características del puesto

— Corporación local: Leganés.

— Denominación: Jefe de Recaudación.

— Nivel Complemento de Destino: 30.

— Complemento específico anual: 37.558,36 euros.

— Forma de provisión: Libre Designación.

Tercera

Requisitos de los aspirantes

3.1. El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por el personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, Categoría: Entrada, grupo de clasificación A1.

3.2. No podrán concurrir a esta convocatoria los funcionarios que se encuentren comprendidos en cualquiera de los supuestos a), b) y c) del artículo 18.3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.

Cuarta

Convocatoria

La convocatoria y las bases que regirán el procedimiento serán aprobadas por el presidente de la corporación, y se remitirán la Dirección General de Administración Local de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y remisión a su vez al ministerio de Hacienda y Función Pública, para su anotación y publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

Quinta

Presentación de solicitudes

5.1. Las personas interesadas presentarán la solicitud, dentro de los quince días hábiles siguientes al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Leganés, Avenida Gibraltar, 2, así como en las siguientes Oficinas de Registro:

— Junta Municipal de distrito Fortuna, Calle San Antonio número 20.

— Ramiro de Maeztu, Calle Mayorazgo número 25.

— Junta Municipal de distrito San Nicasio, Avenida Mar Mediterráneo número 24.

También podrán presentarse en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPACAP).

El escrito de solicitud deberá contener los datos previstos en el artículo 66 de la LPACAP.

5.2. A la solicitud se acompañará de currículum vitae y la documentación acreditativa tanto de los requisitos exigidos para el desempeño del puesto como de los méritos alegados. Toda la documentación a aportar se admitirá en fotocopia simple, sin perjuicio de su posterior cotejo.

Sexta

Procedimiento y resolución

Concluido el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente de la Corporación, procederá, en su caso, previa constatación de los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar Resolución correspondiente en el plazo máximo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación y traslado de la misma al órgano competente de la Comunidad de Madrid y a la Dirección General de la Función pública, para su anotación y publicación conjunta en el “Boletín Oficial del Estado”, tal como exige el artículo 28.3 del mencionado RD 1732/1994, de 29 de julio.

La Resolución se motivará con cumplimiento por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, y de la competencia para proceder al nombramiento. En todo caso, deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.

Séptima

Toma de posesión

El plazo posesorio será el establecido en el artículo 23 del RD 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.

Séptima

Régimen impugnatorio

Contra las presentes Bases, que son definitivas en vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que las aprobó, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello, sin perjuicio que los interesados pueden ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. Remitir la presente Resolución al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a efectos de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

4. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio o ante el Director General de Administración Local en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 15 de febrero de 2018.—El Director General de Administración Local, Juan Ignacio Merino de Mesa.

(03/5.886/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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