Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
01-03-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180301-106

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

106
Madrid número 8. Procedimiento 866 de 2016, notificación a Tec Laim, S. A.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 08 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 866/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. MARIA INMACULADA GIRALDEZ FERNANDEZ, D. ALEJANDO GORDO HERRERO y Dña. LETICIA SANZ SANZ frente a TEC LAIM SA, FONDO DE GARANTIA SALARIAL y Dña. ELENA MELON GRISPIN sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Decreto cuya parte Dispositiva es del tenor literal siguiente:

“Se acuerda tener por desistida a la parte actora Dña. MARIA INMACULADA GIRALDEZ FERNANDEZ, Dña. LETICIA SANZ SANZ y D. ALEJANDO GORDO HERRERO de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2506-0000-00-0866-16.Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a TEC LAIM SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a seis de febrero de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/4.795/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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