Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
02-03-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180302-111

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 64

111
Madrid número 64. Procedimiento 1.219 de 2016, notificación a Igreva Servicios de Restauración, S. L.

EDICTO

Doña Silvia Carasa Roche, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 64.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 1.219 de 2016 instados por procurador don Carlos Alberto de Grado Viejo, en nombre y representación de “Cafento Centro, Sociedad Limitada”, contra “Igreva Servicios de Restauración, Sociedad Limitada”, en reclamación de 3.244,00 euros, en los que se ha dictado en fecha 19 de enero de 2018 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimo la demanda presentada por el procurador señor de Grado Viejo, en representación de “Cafento Centro, Sociedad Limitada”, y declaro resuelto el contrato de prestación temporal de medios y cesión de elementos vinculados a la imagen Stracto suscrito con “Igreva Servicios de Restauración, Sociedad Limitada”, el 10 de diciembre de 2015, y condeno a la demandada a la restitución a la actora en el plazo de veinte días desde la firmeza de la presente resolución de la máquina Cafetera Stracto Saphire, en las condiciones pactadas de uso, conservación, limpieza y seguridad (estipulación 3.4).

En el supuesto de no cumplirse tal obligación, “Igreva Servicios de Restauración, Sociedad Limitada”, abonará a “Cafento Centro, Sociedad Limitada”, la suma de 3.244 euros, más el interés legal desde la fecha de la demanda y el procesal desde el dictado de la presente resolución.

Todo ello con imposición de las costas causadas.

Esta resolución no es firme y frente a ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, del que conocerá la Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, lo acuerdo, mando y firmo, Gladys López Manzanares, magistrada del Juzgado de primera instancia 64 de Madrid.

Diligencia.—En Madrid, a 19 de enero de 2018.

La extiendo yo, la letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que en el día de la fecha es firmada y entregada a la oficina judicial por la ilustrísima magistrada-juez que la suscribe, la anterior sentencia, y que se pasa a dejar en autos certificación literal de la misma, llevando el original al libro de sentencias, procediendo seguidamente a la notificación a las partes. Doy fe.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 1 de febrero de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/5.480/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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