Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
12-03-2018

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180312-56

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX

URBANISMO

56
San Agustín del Guadalix. Urbanismo. Normas subsidiarias

La Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 22 de febrero de 2018, se aprobó definitivamente la delimitación de la Unidad de Ejecución número 3 (UE-3) de las vigentes Normas Subsidiarias en este municipio, lo que se publica a los efectos del artículo 100 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, literalmente se transcribe:

«2. Urbanismo.—2.1. Modificación de la delimitación de Unidad de Ejecución UE-3. Aprobación definitiva.

Procedimiento: delimitación de Unidad de Ejecución.

— Asunto: modificación de la delimitación de Unidad de Ejecución UE-3.

— Naturaleza de la propuesta: aprobación definitiva.

En el expediente relativo a la modificación de la delimitación de Unidad de Ejecución UE-3 de las NN SS vigentes en este municipio, iniciado con providencia de esta Alcaldía de fecha 4 de septiembre de 2017, constan los siguientes antecedentes de hecho:

1.o Con fecha 22 de septiembre de 2017, y siendo necesario, para posibilitar la ejecución integrada del planeamiento en el ámbito de la UE-3 y hacer posible el cumplimiento conjunto de los deberes de cesión y urbanización, así como hacer posible la distribución equitativa entre los afectados de los beneficios y cargas derivados del citado planeamiento, proceder a delimitar la Unidad de Ejecución número 3 (UE-3), se encargó a los Servicios Técnicos municipales la redacción del correspondiente proyecto.

2.o Con fecha 19 de septiembre de 2017, se emitió, por Secretaría, informe sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir en relación con la delimitación y su modificación.

3.o Con fecha 18 de octubre de 2017, se recibió de los Servicios Técnicos municipales el proyecto de modificación de la delimitación de la Unidad de Ejecución número 3 (UE-3).

4.o Con fecha 26 de octubre de 2017, fue aprobada inicialmente por la Junta de Gobierno Local la modificación de la delimitación propuesta por los servicios técnicos.

5.o La modificación de delimitación se sometió a información pública por plazo de veinte días, mediante anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 271/2017, de fecha 14 de noviembre de 2017, desde el 15 de noviembre al 14 de diciembre, en el tablón de anuncios y en la página web de este Ayuntamiento y, que asimismo, se ha dado trámite de audiencia por un plazo veinte días a los propietarios afectados.

6.o Durante el período de información pública no se ha presentado alegación alguna.

7.o Con fecha 21 de diciembre de 2017, por los Servicios Técnicos de esta Corporación, se emitió informe-propuesta para subsanar los errores materiales detectados en el documento de modificación de la delimitación de la UE-3, mediante la sustitución de la tabla “Ordenación pormenorizada establecida con la modificación de la delimitación de la UE-3” de la página 6, por una nueva tabla que recoja las superficies correctas de “Viario” y “Superficie de suelo edificable existente”, en las que figure una superficie de 3.200,75 m2 y 1.396,00 m2, respectivamente, todo ello de conformidad con lo establecido en establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas”.

8.o Mediante anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 7/2018, de fecha 9 de enero, se da cuenta de la subsanación de los errores materiales detectados en el documento de modificación de la delimitación de la UE-3, sustituyéndose la página 6, por una nueva que recoge las superficies correctas de “Viario” y “Superficie de suelo edificable existente”, respectivamente, de 3.200,75 m2 y 1.396,00 m2.

9.o Con fecha 9 de febrero de 2018, se emitió, por Secretaría, informe en el que se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la legislación aplicable, procediendo la aprobación definitiva de la modificación de la delimitación de Unidad de Ejecución UE-3 de las NN SS vigentes en este municipio.

Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la legislación aplicable; por todo ello, a propuesta del alcalde, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:

Primero.—Sustituir en el proyecto de modificación de la delimitación de Unidad de Ejecución UE-3 aprobado inicialmente la página número 6, para subsanación de los errores materiales detectados en la misma y cuya subsanación fue publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 7/2018.

Segundo.—Aprobar definitivamente la modificación de la delimitación de Unidad de Ejecución UE-3 de las NN SS vigentes en este municipio.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos oportunos.

Cuarto.—Notificar el presente acuerdo a los propietarios afectados por la delimitación, así como a los que hayan comparecido como interesados en el expediente, con expresión de los recursos que contra el mismo sean admisible».

Contra el presente acuerdo de la Junta de Gobierno Local, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

San Agustín del Guadalix, a 23 de febrero de 2018.—El alcalde, Juan Francisco Figueroa Collado.

(03/7.333/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180312-56