Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 63

Fecha del Boletín 
14-03-2018

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180314-214

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 2

214
Alicante número 2. Ejecución 1 de 2017, notificación a Concepción María Ballesteros Muñoz

EDICTO

Don Román Huertas Nafría, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de los de Alicante.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos con número de ejecución 1 de 2017, a instancias de doña Raquel Larrosa Llorca, contra María Concepción Ballesteros Muñoz, 7745044-D, en la que el día 29 de enero de 2018 se ha dictado decreto de insolvencia, cuya parte dispositiva dice:

Acuerdo: a los efectos de las presentes actuaciones, declarar insolvente provisional a la ejecutada, doña María Concepción Ballesteros Muñoz, 7745044-D, sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bienes las cantidades que está obligado a satisfacer, cuyo principal asciende a 1.413,33 euros.

Una vez firme la declaración de insolvencia decretada se hará constar en el registro correspondiente, conforme a lo dispuesto en el artículo 276.5 Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Una vez evacuado el trámite, procédase al archivo de la presente ejecución, sin perjuicio de proseguir las actuaciones si el ahora insolvente provisional llegara a mejor fortuna o se le conocieran nuevos bienes.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles de que contra la misma podrán interponer recurso de revisión ante este Juzgado, sin perjuicio del cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso debe interponerse en el plazo de tres días, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 454 bis de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, y 188 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Para la interposición del recurso, será necesaria la consignación como depósito de 25 euros, que deberá efectuar en el siguiente número de la cuenta de depósitos y consignaciones, abierta a nombre de este Juzgado en la entidad bancaria “Santander”, 0112-0000-64-0001-17. Debiendo indicar en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un “recurso”, seguido del código (31) y tipo concreto de recurso (social-revisión resoluciones letrado de la Administración de Justicia). Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, el código y tipo concreto de recurso debe indicarse después de especificar los 16 dígitos de la cuenta expediente (separado por un espacio). Deberá acreditar la constitución del depósito mediante presentación de copia del resguardo u orden de ingreso. El depósito solo será exigible a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social (disposición adicional decimoquinta Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).

Lo dispongo y firmo. Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación a María Concepción Ballesteros Muñoz, 7745044-D, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Alicante, a 29 de enero de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/6.950/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180314-214