Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
27-03-2018

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180327-131

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36

131
Madrid número 36. Ejecución 165 de 2016, notificación a Crío Cord, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA ANGUSTIAS CARO VIDA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 36 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 165/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SUSANA ESTEBAN MONTERO frente a CRÍO CORD SL y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Se aprueba la tasación de costas y la liquidación de intereses practicada por la suma de 726 euros en concepto de costas y 4.293,94 euros en concepto de intereses a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones. Póngase a disposición las cantidades resultantes de la liquidación de intereses y tasación de costas practicada, librándose al efecto los oportunos mandamientos.

Devuélvase a la ejecutada la cantidad 4.384,68 euros en concepto de sobrante, librándose al efecto el correspondiente mandamiento de pago.

A quienes se les hará saber que los mandamientos deberán ser presentados al cobro en un plazo de TRES MESES, a contar desde el día siguiente a su emisión, no excluyéndose los días inhábiles, pero sí el día del vencimiento, por lo que se entenderá que el mandamiento vence el día hábil siguiente (art. 12.2 R.D. 467/2006 de 21 de Abril).Igualmente requiérasele fin de que comparezcan ante este Juzgado a recogerlo o en su caso designe cuenta bancaría en la que efectuar el ingreso, con apercibimiento de que conforme al art. 14 del Real Decreto de Depósitos y Consignaciones, en caso de no comparecer en el plazo de un año desde la fecha de emisión del mandamiento, se transferirá a la Cuenta de Fondos Provisionalmente Abandonados.

Transfiérase a la cuenta del Juzgado de 1ª Instancia nº 17 de Madrid en virtud del embargo del sobrante acordado por el mismo la suma de 5.889,96 euros en concepto de principal y 1.740 euros en concepto de intereses y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes y verificado el cobro de cantidades procédase al archivo de las actuaciones.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DÍAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2809-0000-05-0165-16.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARÍA ANGUSTIAS CARO VIDA

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CRIO CORD SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a ocho de febrero de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/8.847/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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